RESOLUCIÓN 3 2008 SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
Síntesis:
NORMA DEROGADA - SE MODIFICAN TÉRMINOS DE LA DISPOSICIÓN N° 3.538-DGDYPC-07 Y SE ENCOMIENDAN RESPONSABILIDADES AL SEÑOR EDUARDO RAMOS
Publicación:
29/01/2008
Sanción:
16/01/2008
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
Vistos la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824), el Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829) y la Disposición N° 3.538-DGDyPC/07, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 2.506 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se creó, entre otros, el Ministerio de Desarrollo Económico, fijándose sus funciones y objetivos;
Que, asimismo por el Decreto N° 2.075/07, se aprobó la estructura orgánica funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fijando las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Desarrollo Económico;
Que, por el mencionado decreto, se establecieron las responsabilidades primarias de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor, dependiente de esta Subsecretaría;
Que, por Disposición N° 3.538-DGDyPC/07, se han creado 3 (tres) Áreas operativas de contralor comercial, con sus respectivos responsables;
Que, el diseño orgánico de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor, con el complejo de atribuciones y funciones que de ella se derivan, determinan la necesidad de prever una nueva distribución de funciones dentro del ámbito de su competencia específica;
Que, de conformidad con lo anteriormente expuesto, esta Subsecretaría entiende necesario designar a un responsable de la tarea inspectiva correspondiente a la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor, al solo efecto organizativo;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
Artículo 1° - Modifíquense los términos del artículo 1° de la Disposición N° 3.538-DGDyPC/07, estableciéndose que el Área de Contralor Comercial, que funciona dentro del ámbito de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor, dependiente de esta Subsecretaría, contará con una única Área Operativa.
Artículo 2° - Déjense sin efecto los artículos 2°, 3°, 4° y 5° de la disposición antes mencionada y todo acto administrativo que se oponga a la presente.
Artículo 3° - Desígnase al señor Eduardo Ramos (F.C. N° 265.039), como único responsable del Área Operativa de Contralor Comercial, en lo que respecta a los procedimientos que se realicen en virtud del cumplimiento de las Leyes Nacionales Nros. 24.240, 22.802 y 19.511.
Artículo 4° - La presente designación no implica modificación alguna de la situación de revista del agente, ni mayor remuneración, sino que su finalidad es al solo efecto de reorganizar la proyección operativa interna y una mayor eficiencia administrativa.
Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico y a la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor. Cumplido, archívese.