DECRETO 83 2008
Síntesis:
DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIAS - SE DESIGNA A IRENE ISABEL NOVACOVSKY - DNI 6.721.999 - COMO TITULAR DE ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD DE INFORMACIÓN MONITOREO Y EVALUACIÓN - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - NIVEL DE SUBSECRETARÍA
Publicación:
01/02/2008
Sanción:
25/01/2008
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824), el Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829), el Expediente N° 93.454/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829), se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud de que el cargo Titular del Organismo Fuera de Nivel Unidad de Información Monitoreo y Evaluación, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, se encuentra vacante, el señor Ministro propone cubrir el mismo;
Que según surge de los presentes actuados el Ministro de Desarrollo Social, propicia la designación de la licenciada Irene Isabel Novacovsky, DNI 6.721.999, CUIL 27-06721999-1, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual fue propuesta;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1° - Desígnase a partir del 10 de diciembre de 2007, a la licenciada Irene Isabel Novacovsky, DNI 6.721.999, CUIL 27-06721999-1, como Titular del Organismo Fuera de Nivel Unidad de Información Monitoreo y Evaluación, del Ministerio de Desarrollo Social, partida 4501.0000.W.99 S.03.
Artículo 2° - Déjase establecido que el Organismo Fuera de Nivel Unidad de Información Monitoreo y Evaluación, del Ministerio de Desarrollo Social, cuenta con nivel de Subsecretaría.
Artículo 3° - Instrúyase al Ministerio de Hacienda para que, por intermedio de la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitren las medidas para dar cumplimiento a lo establecido en la presente norma.
Artículo 4° - El presente decreto es refrendado por el señores Ministros de Desarrollo Social y Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5° - Dese el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Social, y a la Dirección General Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.