RESOLUCIÓN 36 2008 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

REVISTA DE HISTORIA ORAL VOCES RECOBRADAS - SE FIJA PRECIO DE VENTA - PUBLICACIONES - MINISTERIO DE CULTURA

Publicación:

01/02/2008

Sanción:

15/01/2008

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA

Estado:

No vigente


Visto la Nota N° 426-DGPeIH/08 y de acuerdo a lo normado por la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824), y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico de la Ciudad de Buenos Aires, solicita la valorización para proceder a la venta de doscientos (200) ejemplares del número 24 de la revista de historia oral Voces Recobradas y autorización para la distribución gratuita de ochocientos (800) ejemplares de la misma entre colegios, bibliotecas y demás instituciones que los soliciten;

Que la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, de la cual depende el citado organismo, ha prestado la conformidad correspondiente;

Que cabe aclarar que la tirada total de la revista es de un mil (1.000) ejemplares;

Que dicho material resulta un instrumento idóneo y atractivo para las acciones que el Gobierno de la Ciudad está realizando a través de la citada Subsecretaría;

que asimismo se reserva la cantidad de ochocientos (800) ejemplares de la revista de historia oral Voces Recobradas N° 24, para disponer su distribución en forma de cortesía, de acuerdo a las nuevas normas vigentes;

Por ello, y teniendo en cuenta las facultades conferidas por las Ordenanzas Nros. 25.702 (B.M. N° 14.067) y 25.752 (B.M. N° 14.081) y de acuerdo a lo normado por la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824),

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1° - Fíjase en la suma de pesos cinco ($ 5) el precio de venta de cada ejemplar del número 24 de la revista de historia oral Voces Recobradas, valorizándose para tal fin doscientos (200) ejemplares de la misma.

Artículo 2° - Resérvase la cantidad de ochocientos (800) ejemplares de la publicación precitada para la distribución gratuita en forma de cortesía a diversos colegios, bibliotecas y demás Instituciones que los soliciten.

Artículo 3° - Regístrese, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico de la Ciudad de Buenos Aires quien deberá proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y al Área Fiscalizaciones de la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 5 Anexo III de la Resolución 5305-MCGC-18 deroga la Resolución 36-MCGC-08.</p>
DEROGADA POR
<p>Art. 3 y Anexo III de la Resolución 4255-MC-18 deroga la Resolución 36-MCGC-08.</p>
MODIFICADA POR
Art 1 de la REs 2385-MC-09 desvaloriza el material valorizado mediante Res 36-MC-08