RESOLUCIÓN 88 2008 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO

Síntesis:

ESTABLECE COMO UNIDADES OPERATIVAS DE ADQUISICIONES DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO A LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL, ENTE DE HIGIENE URBANA, ENTE DE MANTENIMIENTO URBANO INTEGRAL Y DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL - DESIGNA COMO RESPONSABLES DE DICHAS UNIDADES AL FUNCIONARIO DE MÁXIMA JERARQUÍA A CARGO DE LAS CITADAS DEPENDENCIAS

Publicación:

08/02/2008

Sanción:

23/01/2008

Organismo:

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO


Visto la Ley N° 2.095, su Decreto Reglamentario N° 408/07, la Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/07 y el Expediente N° 94.153/07, y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 17 de la Ley N° 2.095 dispone que el Sistema de Compras y Contrataciones estará integrado por un Órgano Rector y Unidades Operativas de Adquisiciones que corresponderán a las Áreas de Contrataciones y Adquisiciones que funcionan o que en el futuro se establezcan en cada una de las jurisdicciones y entidades de la ciudad, las que tienen a su cargo la gestión de las contrataciones;

Que, por su parte, el artículo 4° del Decreto N° 408/07 dispone que cada Jurisdicción o Entidad establece en sus respectivos ámbitos, los sectores orgánicos que actúan como Unidades Operativas de Adquisiciones, debiendo ser informadas al órgano rector a partir de la publicación de la presente reglamentación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en cumplimiento de la normativa señalada, corresponde establecer las Unidades Operativas de Adquisiciones que actuarán bajo la órbita de este Ministerio;

Que, por Ley de Ministerios N° 2.506 se creó el Ministerio de Ambiente y Espacio Público y por Decreto N° 2.075/07 se estableció la estructura organizativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por la Ley N° 2.628 se crea la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica dentro de la órbita del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que atento a las modificaciones establecidas mediante la normativa mencionada ut-supra y la nueva estructura del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, se impone necesario nombrar las Unidades Operativas de Adquisiciones;

Que, en la actualidad la Agencia de Protección Ambiental, el Ente de Higiene Urbana, el Ente de Mantenimiento Urbano Integral y la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, dependientes del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, cuentan con los recursos humanos y físicos y necesarios para poder desempeñar las funciones que le encomienda la Ley de Compras y Contrataciones a las Unidades Operativas de Adquisiciones;

Que, asimismo, corresponde designar como responsables de esas unidades a los funcionarios a cargo de dichas dependencias, por tener los conocimientos necesarios para desempeñar las tareas respectivas;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

RESUELVE:

Artículo 1° - Establézcanse como Unidades Operativas de Adquisiciones de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público, la Agencia de Protección Ambiental, el Ente de Higiene Urbana, el Ente de Mantenimiento Urbano Integral y la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal designándose como responsables de dichas unidades al funcionario de máxima jerarquía a cargo de las citadas dependencias.

Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires, el Ente de Higiene Urbana, el Ente de Mantenimiento Urbano Integral y a la Dirección General Técnica, ,Administrativa y Legal. Cumplido Comuníquese a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda y oportunamente archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
REs 88-MAYEP-08 Establece como UOA del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, la Agencia de Protección Ambiental, el Ente de Higiene Urbana, el Ente de Mantenimiento Urbano Integral y la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal
REGLAMENTADA POR
Art 1 designa como titular de la UOA de la APRA a la Directora Gral de la DGTAL o quien en el futuro la reemplace