RESOLUCIÓN 39 2008 MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO

Síntesis:

ENCOMIENDA COMPETENCIAS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO Y A LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - ENCOMIENDA FUNCIONES AL DIRECTOR GENERAL DE REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO, GUILLERMO GARCÍA FAHLER

Publicación:

29/02/2008

Sanción:

21/01/2008

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO


Visto la Ley N° 2.506; la Ley N° 2.624; el Decreto N° 2.075/07, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 2.624 se creó recientemente la Agencia Gubernamental de Control, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se determinó su organización y competencia;

Que algunas de las áreas y competencias que la ley transfiere a la agencia han sido materia de especial regulación a través de la sanción del Decreto N° 2.075 (B.O.C.B.A. N° 2829) que aprobó la estructura orgánico funcional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en ejercicio de una facultad propia de la Jefatura de Gobierno (arts. 104, inc. 9° y Cctes. de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires);

Que, en este orden de ideas y en cuanto a los alcances de la Ley N° 2.624 citada, se advierte que el Título 3: De la Estructura, art. 4° a) al referirse a la transferencia de áreas y dependencias incluye a: "...La Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro (DGFOC)" sin advertir que como "Dirección General de Registro de Obras y Catastro (DGROC)" de acuerdo al Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829) se encuentra en la actualidad bajo la órbita de la Subsecretaría de Planeamiento dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano;

Que, además, en el texto del Decreto N° 2.075/07 se aprecian contradicciones y duplicidad de funciones relativas a la DGFOC, circunstancia que lleva a confusión y se repite en el texto del art. 4° de la Ley N° 2.624 en proceso de promulgación, ya que indica a la citada Dirección General (DGFOC) como repartición de la órbita del Ministerio de Justicia y Seguridad, cuando en los hechos (como DGROC) ha sido transferida en parte a la Subsecretaría de Planeamiento dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y como tal se encuentra funcionando bajo la Dirección del arquitecto Guillermo García Fahler designado por Decreto N° 2.102/07;

Que tal circunstancia se reflejó además en la Resolución N° 9/07 del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que encomienda la firma del despacho diario de la DGFOC al arquitecto Oscar Raúl Lozano hasta la designación del Director General de la citada repartición, acto que a la fecha no se ha producido;

Resulta oportuno señalar que, de una interpretación armónica de las normas en estudio, se infiere la decisión del Poder Ejecutivo de separar las Áreas Administrativas de Registro de Obras y Catastro del Área específica de Fiscalización con la finalidad de dotarlas de independencia funcional en post de optimizar la transparencia y control de la gestión proyectada, quedando esta última función en cabeza de la nueva Agencia de Control;

Que como reflejo de la confusión normativa referenciada en los párrafos antecedentes, mediante nota remitida por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro (DGROC) hemos tomado conocimiento de la situación de hecho que se vive en el área de la ex DGFOC y actual DGROC, sita en los pisos 2° y 3° del Edificio del Plata, por informe del Director Contralor de Obras el nombrado Arq. Oscar R. Lozano, que explicita la urgencia en el tratamiento de denuncias y la necesidad consecuente de inspecciones y control relacionados con cuestiones de seguridad en la vía pública; obras sin permiso y otros temas del Área de Fiscalización cuyo tratamiento, por su importancia, no puede ser dilatado en forma alguna;

Que hasta la fecha no se ha designado un funcionario responsable del Área de Fiscalización que pueda dar respuesta a la situación planteada;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias (la Ley N° 2.506),

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Y EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO

RESUELVEN:

Artículo 1° - Entiéndase que la Dirección General de Registro de Obras y Catastro (DGROC) con las competencias, misiones y funciones establecidas por el Decreto N° 2.075/07 como una dependencia administrativa de la Subsecretaría de Planeamiento, Ministerio de Desarrollo Urbano, con excepción del registro de cumplimiento de la Ley N° 257.

Artículo 2° - De conformidad con lo expuesto en el artículo primero, la Agencia Gubernamental de Control, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ejercerá las misiones y funciones de fiscalización que correspondían a la ex Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro (DGFOC), sin perjuicio de las restantes competencias establecidas por Ley N° 2.624.

Artículo 3° - Encomiéndase al Director General de Registro de Obras y Catastro, arquitecto Guillermo García Fahler, dependiente de la Subsecretaría de Planeamiento, Ministerio de Desarrollo Urbano, la intervención y el trámite de todas las cuestiones de urgencia relacionadas con: la detección de obras sin permiso; el control de la seguridad hacia linderos y el control de la seguridad en la vía pública en las obras en ejecución, debiendo notificar a la Guardia de Auxilio, con carácter de urgente, en aquellos casos que requieran su intervención.

Artículo 4° - La función encomendada en el artículo tercero deberá ser ejercida hasta tanto el Director Ejecutivo de la Agencia Gubernamental de Control designe un funcionario con competencia en el área de fiscalización de obra.

Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaría de Planeamiento, Ministerio de Desarrollo Urbano y Áreas dependientes. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Res. 39-MDUGC-08 aclara que debe entenderse a la DGROC como una dependencia adm. de la Subsecretaría de Planeamiento