RESOLUCIÓN 417 2008 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
CREA EL EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO DE FISCALIZACIÓN DE MANTENIMIENTO HOSPITALARIO Y NOMINA A LOS COORDINADORES RESPONSABLES
Publicación:
06/03/2008
Sanción:
26/02/2008
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
Visto la Ley N° 2.585, y
CONSIDERANDO:
Que la ley citada en el visto tiene por objeto garantizar el mantenimiento y la infraestructura en los establecimientos de salud de todos los subsectores contemplados en el artículo 10 de la Ley N° 153 a fin de generar condiciones de seguridad que eviten factores de riesgo para la integridad física de las personas que transitan y/o permanecen en los mismos;
Que, conforme lo establece el artículo 9° de la ley de marras, el Ministerio de Salud debe conformar un equipo multidisciplinario de fiscalización que realice inspecciones en los establecimientos de salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de verificar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de mantenimiento e infraestructura, en los términos previstos por el artículo 10 de la norma;
Que, por lo expuesto, resulta necesario crear dicho equipo y nominar a los profesionales que lo conformarán;
Que los citados profesionales son idóneos para realizar las funciones encomendadas;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9° de la Ley N° 2.585,
EL MINISTRO DE SALUD
Artículo 1° - Créase el Equipo Multidisciplinario de Fiscalización en materia de mantenimiento e infraestructura hospitalaria, conforme lo establecido en el artículo 9° de la Ley N° 2.585, el que se desempeñará ad honorem' en el ámbito de la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud.
Artículo 2° - Nomínese al Director General Adjunto de la Dirección General Adjunta Gestión Presupuestaria, contador Martín Mura, Coordinador del Equipo Multidisciplinario creado en el artículo precedente, sin que ello importe mayor remuneración ni cambio en su situación de revista.
Artículo 3° - Nomínese al Dr. Juan Domingo Argento, F.C. N° 198.569, Subcoordinador del Equipo Multidisciplinario creado en el artículo 1° de la presente resolución, sin que ello importe mayor remuneración ni cambio en su situación de revista.
Artículo 4° - Nomínase como integrantes del mencionado equipo al Ing. Eduardo J. Gago, F.C. N° 327.317, al Ing. Jorge E. Novoa, F.C. N° 318.593, al Dr. Pablo Bonazzola, F.C. N° 220.476, al Sr. Carlos Farsetti, F.C. N° 183.431, al Sr. José Ángel Morán, DNI 10.284.243 y al Dr. Alfonso Rombolá, F.C. N° 189.921, sin que ello importe mayor remuneración ni cambio en la situación de revista de los nombrados.
Artículo 5° - Invítase a la Agencia Gubernamental de Control, creada en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad por Ley N° 2.624, a nominar a dos profesionales de dicha Área para que integren el Equipo Multidisciplinario creado en el artículo 1° de la presente.
Artículo 6° - Facúltase al Coordinador del Equipo Multidisciplinario de fiscalización a convocar a los profesionales que resulten necesarios para el cumplimiento de los objetivos fijados en la Ley N° 2.585.
Artículo 7° - El Equipo Multidisciplinario de fiscalización deberá diseñar y confeccionar un formulario de verificación que contemple los aspectos a fiscalizar establecidos en la Ley N° 2.585.
Artículo 8° - El Equipo Multidisciplinario de fiscalización tendrá un plazo de treinta (30) días desde la entrada en vigencia de la presente resolución para el cumplimiento de los objetivos previstos en el artículo 10 de la Ley N° 2.585.
Artículo 9° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y notificación pertinente, pase a la Agencia Gubernamental de Control, creada en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad, a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud y a la Dirección General Legal y Técnica, quien, por nota de estilo, notificará a los profesionales nominados en la presente resolución. Cumplido, archívese.