RESOLUCIÓN 579 2008 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SE SUBSUMEN DIVERSOS PROGRAMAS AL PROGRAMA ACTIVIDADES EXTRAPROGRAMÁTICAS - PROGRAMA DE EDUCACIÓN CIENTÍFICA Y AMBIENTAL - BUENOS AIRES EN LA ESCUELA - PROGRAMA ORGANIZACIÓN DE INSTANCIAS COMPLEMENTARIAS - ÚNICAMENTE LAS ACTIVIDADES REFERIDAS AL AJEDREZ Y EXPRESIÓN ARTÍSTICA - FORMACIÓN DE ESPECTADORES
Publicación:
26/03/2008
Sanción:
26/02/2008
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
Vistas las Resoluciones Nros. 3.625/05, 143-MEGC/04, 5.778-MEGC/07, los Decretos Nros. 3.301/90 y 848/92, y la Carpeta N° 918,
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Resolución N° 32-MEGC/08 fue creado el Programa Actividades Extraprogramáticas;
Que el mencionado programa depende directamente de la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica;
Que el mismo tiene por finalidad enriquecer los distintos proyectos institucionales de las escuelas, y habilitar espacios sociocomunitarios que tiendan a revalorizar el tiempo libre de los niños, niñas y adolescentes, a través de la realización de actividades y de expresiones culturales, artísticas, deportivas y recreativas;
Que en pos del mencionado propósito es necesario nuclear los diferentes programas e iniciativas llevadas adelante por este Ministerio;
Que el programa en cuestión concentrará bajo su órbita todas las acciones destinadas a que los niños, niñas y adolescentes permanezcan en el sistema educativo;
Por ello, en atribuciones que le son propias,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
Artículo 1° - Subsúmase en el Programa Actividades Extraprogramáticas a los siguientes programas: a- Programa de Educación Científica y Ambiental (Resolución N° 3.625-SED/05); b- Buenos Aires en la Escuela (Resolución N° 143-SED/04); c- Programa Organización de Instancias Complementarias (Decretos Nros. 3.301/90 y 848/92), únicamente las actividades referidas al Ajedrez y Expresión Artística; y d-Formación de Espectadores (Resolución N° 5.778-MEGC/07).
Artículo 2° - Aféctese el personal que fuera designado según Decretos Nros. 3.301/90 y 848/92, vinculado a las actividades de Ajedrez y Expresión Artística al Programa Actividades Extraprogramáticas.
Artículo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento notifíquese a las Subsecretarías de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica y Gestión Económica, Financiera y Administración de Recursos, a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, y de Coordinación Legal e Institucional.