RESOLUCIÓN 5 2008 SUBSECRETARÍA DE PROYECTOS DE URBANISMO, ARQUITECTURA E INFRAESTRUCTURA
Síntesis:
SUBSECRETARÍA DE PROYECTOS DE URBANISMO, ARQUITECTURA E INFRAESTRUCTURA - CONVALIDA ACTA DE TRANSFERENCIA - ACEPTA PATRIMONIO - PERSONAL - DOCUMENTACIÓN Y TAREAS EN EJECUCIÓN DE LA EX DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA LUMÍNICA - PARTIDA PRESUPUESTARIA - PRESUPUESTO - INVENTARIO
Publicación:
28/03/2008
Sanción:
14/03/2008
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE PROYECTOS DE URBANISMO, ARQUITECTURA E INFRAESTRUCTURA
Visto la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824), el Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829) y el Decreto N° 2.102/07 (B.O.C.B.A. N° 2835), y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824), se sancionó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829), se aprobó la estructura organizativa y, sus misiones y funciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud del cambio de gestión operado a partir del día 10 de diciembre del año 2007, y ante la necesidad de no entorpecer el flujo de tareas operativa y administrativas, se ha dictado el Acta de Transferencia N° 1 y sus correspondientes Anexos, en la que se acepta el patrimonio de la ex - Dirección General de Infraestructura Lumínica;
Que de conformidad con lo ut-supra mencionado, corresponde que dicho patrimonio sea aceptado en el ámbito de la Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824), el Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829) y el Decreto N° 2.102/07 (B.O.C.B.A. N° 2835),
EL SUBSECRETARIO DE PROYECTOS DE URBANISMO,
ARQUITECTURA E INFRAESTRUCTURA
Artículo 1° - Convalídase el Acta de Transferencia N° 1 y sus correspondientes Anexos, los que como Anexo I forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2° - Apruébase la transferencia al ámbito de esta Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura, el personal, patrimonio, documentación y tareas en curso de ejecución de la ex - Dirección General de Infraestructura Lumínica.
Artículo 3° - Transfiérase, a la Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura, la partida presupuestaria perteneciente a la ex - Dirección General de Infraestructura Lumínica (Unidad Ejecutora 814 - Jurisdicción 30 - Programa 28).
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura y Dirección General de Contaduría. Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese.
ANEXOS
ANEXOS