RESOLUCIÓN 233 2001 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Síntesis:

ASIGNA SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN EN DIVERSOS TRAMOS DE ARTERIAS - SANTA TERESA  - CUYO  -  CHAMICAL   - MOLDES - INVIERTE SENTIDO DE CIRCULACIÓN EN TRAMOS DE LAS ARTERIAS BELGICA E HILARIO DE ALMEIRA - MANO ÚNICA - CALLES

Publicación:

08/05/2001

Sanción:

25/04/2001

Organismo:

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS


CONSIDERANDO:
Que al estudiarse la circulación en las distintas zonas de la ciudad donde se encuentran ubicados los pasajes mencionados se constató la conveniencia de concretar los ordenamientos viales mencionados para mejorar el tránsito en las respectivas zonas;
Que en el caso de los pasajes Cuyo, Chamical, y el tramo de la calle Moldes comprendido entre las calles Arias y Ramallo, se hace notar que los mismos cuentan con anchos de calzada exiguos, lo que ocasiona problemas de circulación sumado a que actualmente tienen permitido el estacionamiento junto a ambas aceras, todo lo cual provoca situaciones propicias para que se produzcan perturbaciones, siendo peligroso tanto para los vecinos, como para los automovilistas;
Que la asignación de sentido único de circulación brindaría un mejor ordenamiento y fluidez del tránsito en la zona y en cada Pasaje en particular, por cuanto el estacionamiento sólo en la mano derecha permitiría una circulación mas segura y contribuiría a la seguridad de los vecinos;
Que en consecuencia, estudiada la cuadrícula circulatoria se considera que el sentido de circulación mas favorable para el Pasaje Cuyo es de Chamical a Av. Eva Perón, y del Pasaje Chamical, desde Caroya hasta Guardia Nacional, permitiendo de esta forma una cuadrícula rotatoria;
Que asimismo, del estudio de la cuadrícula circulatoria, y luego de haber realizado una inspección en el lugar, surge como más conveniente que la calle Moldes en el tramo comprendido entre Arias y Ramallo (el cual no tiene continuidad), tenga sentido único de circulación de NE a SO, es decir desde Arias hasta Ramallo; asimismo se observó que dicho sentido está de acuerdo con la costumbre de los vecinos, de circular y estacionar los autos en esa dirección;
Que con respecto al Pasaje Santa Teresa, de una cuadra de extensión, se estima que con una sola mano se logrará una mejora en su funcionamiento, dado que el ancho de calzada existente no es óptimo para la doble mano. Cabe señalar que el pasaje cuenta solamente con una cuadra de extensión, por lo cual eliminar uno de los dos sentidos no afecta la circulación de la zona;
Que por lo tanto se considera que dicho Pasaje deberá tener único sentido de circulación de Oeste a Este, de Presidente Luis Saenz Peña hacia San José, permitiendo que los automóviles que vienen circulando por Cochabamba en dirección Oeste-Este luego de doblar obligadamente por Pte. Luis Saenz Peña puedan tomar el pasaje, y luego doblar por San José y seguir por Cochabamba. Asimismo, se observa que tanto el acceso al pasaje como la salida del mismo, no se ven comprometidos en ningún aspecto, no generándose sobrerrecorridos importantes;
Que con respecto al Pasaje Bélgica, el cual cuenta en la actualidad con mano única desde Bufano hacia Caracas, se estima conveniente realizar la inversión de su sentido de circulación;
Que ello se fundamenta en que, tanto el Pasaje Bélgica, como sus paralelas inmediatas Lascano y Carranza, tienen entre las calles Caracas y Bufano, el mismo sentido de circulación de SO a NE, quedando las tres calles seguidas con la misma mano. De cambiar el sentido del pasaje, las calles mencionadas serán una en un sentido y la siguiente en otro, lo cual brindará un mejor ordenamiento circulatorio de las manzanas comprendidas entre Lascano, Caracas, Carranza y Bufano, permitiendo un mejor acceso al pasaje, al ser posible dar la vuelta manzana por Caracas-Bélgica-Bufano-Carranza. Asimismo se observa que, los automovilistas que circulando por Caracas, deseen girar a la izquierda para retomar hacia el sur, podrán hacerlo por el Pasaje Bélgica;
Que finalmente, el Pasaje Hilario de Almeira cuenta con sentido único de circulación de Cervantes hacia Bermudez en el tramo comprendido entre esas arterias, pero el mismo provoca inconvenientes a la Escuela sita en el pasaje (Instituto San Pedro). Teniendo en cuenta que dado que el pasaje no tiene continuidad la inversión del sentido no altera la circulación de la zona, propiciándose la inversión del sentido del mismo el tramo mencionado;
Que el establecimiento de sentido único a las arterias aludidas o la modificación de las existentes, responde a la tendencia actual de que las arterias de la Ciudad tengan mano única de circulación, para mejorar y ordenar la circulación, otorgándole fluidez y mayor seguridad;
Por ello, conforme las atribuciones otorgadas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A.N°760) y la delegación aprobada por Decreto N° 515-GCBA-2000 (B.O.C.B.A N° 926);

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOSRESUELVE:


Artículo 1° Amplíase, con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días corridos, las disposiciones del Decreto Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, asignando mano única a los siguientes tramos de arteria en la forma que se indica:
SANTA TERESA, desde Presidente Luis Saenz Peña hasta San José, de O a E.
CUYO, desde Chemical hasta Av. Eva Perón, de NO a SE
CHAMICAL, desde Caroya hasta Guardia Nacional, de SO a NE.
MOLDES, desde Arias hasta Ramallo, de NE a SO.
Artículo 2° Modifíquese, con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días corridos, las disposiciones del Decreto Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, invirtiéndose la mano única al siguiente tramo de arteria en la forma que se indica:
BÉLGICA, desde hasta Aguirre, de NE a SO.
HILARIO DE ALMEIRA, desde Bermúdez hasta Cervantes, NO a SE
Artículo 3° Las presentes medidas entrarán en efectiva vigencia una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente y retirada la isleta encauzadora instalada en la intersección de Jufré y Uriarte.
Artículo 4° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Institucionales, comuníquese a la Policía Federal Argentina, y para su conocimiento y demás fines remítase a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, a la Dirección General de Obras Públicas y a la Dirección General de Tránsito y Transporte. Cumplido, archívese

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Disp. 236-DGTYT-01 fija fecha y hora para la implementación de las medidas por Res. 233-SOYSP-01
MODIFICA
Res. 233-SOySP-01 modifica, con carácter experimental y evaluativo por noventa (90) días corridos al Dto. Ord. 10407-47 - Incluye las siguientes calles Santa Teresa, Cuyo, Chamical y Moldes - Cambia el sentido de las calles Bélgica e Hilario de Almeida