DISPOSICIÓN 40 2008 DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA

Síntesis:

SE RECTIFICA ERROR INVOLUNTARIO - UTILIZACIÓN DE LIBRETAS DE CASAMIENTO

Publicación:

09/04/2008

Sanción:

31/03/2008

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA


Visto los términos de la Disposición N° A 34-DGC/08 publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 2896 de fecha 26 de marzo del año 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por Disposición N° A 34-DGC/08 se autoriza la utilización de Libretas de Casamiento duplicadas con numeración que va del N° 948.693 al N° 952.643;

Que, en tal sentido, corresponde rectificar el error de la numeración de las libretas de casamiento precedentemente enunciadas, teniendo en cuenta las solicitudes realizadas por el señor Director General del Registro Civil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según Nota N° 5.135-DGRC/08 y N° 5.159-DGRC/08;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTADURÍA

Y EL DIRECTOR GENERAL DE TESORERÍA

DISPONEN:

Artículo 1° - Rectifícase el error incurrido en la numeración detallada en el art. 1° de la Disposición N° A 34-DGC/08 (B.O.C.B.A. N° 2896 de fecha 26/3/08), debiendo leerse N° 648.693 al 652.692.

Artículo 2° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento remítase al Registro Civil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Direcciones Generales de Control de Ingresos No Tributarios, Rentas, de Tesorería, Contaduría y el Área de Fiscalización de la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la Dirección Técnica, legal y de Control de la Dirección General de Contaduría.

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Disp. 40-DGCG-08 rectifica error en la numeración en art. 1 Disp. 34-DGCG-08