LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2008

Síntesis:

SE DESAFECTA POLÍGONO DEL DISTRITO DE ZONIFICACIÓN I1 Y SE AFECTA EL DISTRITO DE ZONIFICACIÓN U37 - EJE DE CALLE PEPIRÍ - EJE DE CALLE SANTO DOMINGO - EJE DE CALLE IGUAZÚ - BARRIO COMANDANTE TOMÁS ESPORA - RIACHUELO - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO

Publicación:

25/04/2008

Sanción:

03/04/2008

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90

de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1° - Desaféctase del Distrito de Zonificación I1 al polígono comprendido por el eje de calle Pepirí, eje de calle Santo Domingo, eje de calle Iguazú, línea de deslinde de la Manzana 85 A de la Sección 34, con las Manzanas 84 y 63 A de la Sección 34 de la Circunscripción 2.

Artículo 2° - Aféctase a Distrito de Zonificación U 37 Barrio Comandante Tomás Espora al polígono descripto en el artículo 1°.

Artículo 3° - El Poder Ejecutivo dictará las normas urbanísticas especiales para el Distrito U37 Barrio Comandante Tomás Espora a fin de preservar las características residenciales particulares del barrio municipal cuyo nombre original era Riachuelo.

Artículo 4° - Apruébase el Plano N° 5.4.6.38 Distrito U37 Barrio Comandante Tomás Espora que obra como Anexo I y que forma parte de la presente ley.

Artículo 5° - Publíquese y cúmplase con lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad.

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