RESOLUCIÓN 716 2008 SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

Síntesis:

SE APRUEBA LA INTEGRACIÓN DE LAS CONSULTORAS HABILITADAS PARA PROCEDIMIENTO LICITATORIO DE LOS SERVICIOS DE LA AUDITORÍA CONTABLE Y FINANCIERA DEL PROGRAMA DE GESTIÓN DE RIESGO HÍDRICO DE LA CIUDAD - READECUACIÓN DE LA RED DE DESAGÜES PLUVIALES DE LA CUENCA DEL ARROYO MALDONADO - CONVENIO DE PRÉSTAMO 7.289-AR - BERTORA Y ASOCIADOS - PKF VILLAGARCÍA Y ASOCIADOS - CAPURRO - BDO - BECHER - PRICE WATERHOUSE - RATTO VILLARES Y ASOCIADOS

Publicación:

29/04/2008

Sanción:

18/04/2008

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA


Visto las Leyes Nros. 93 y 1.660 y sus respectivas reglamentaciones, el Convenio del Préstamo N° 7.289-AR suscripto entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), el Decreto N° 2.075/07 (B.O. N° 2829) y el Expediente N° 24.675/07, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado expediente tramitó la presentación de expresiones de interés a fin de participar del procedimiento licitatorio para la contratación de la Auditoría Contable y Financiera del Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en la oportunidad de reglamentar la Ley N° 93, el Decreto N° 1.960/99 (B.O. N° 803), en su Anexo II, dispuso que la entonces Unidad Ejecutora de la Ciudad de Buenos Aires (UECBA) tuviera competencias para realizar todas las gestiones conducentes a la ejecución adecuada y eficiente del Proyecto de Protección de Inundaciones del cual se autorizó a participar por dicha ley, y entre las funciones de ese organismo se encontraba la de preparar los documentos de licitación y demás documentación técnica para el llamado a concurso o a licitación, contratar con financiamiento del préstamo los servicios de consultores ajustándose a los criterios fijados por el Banco Mundial para este fin, preparar, evaluar, ejecutar y supervisar todos los subproyectos de la Ciudad de Buenos Aires correspondientes al Proyecto de Protección Contra Inundaciones financiado por el Préstamo Subsidiario del Convenio BIRF N° 4.117-AR y realizar la gestión administrativa de dicho proyecto;

Que la Ley N° 1.660 autorizó al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires a suscribir un convenio de préstamo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) para financiar el programa mencionado en el primer párrafo, consistente en las obras de readecuación de la red de desagües pluviales de la cuenca del Arroyo Maldonado y medidas complementarias, resultantes del Proyecto de Protección contra Inundaciones aprobado por la Ley N° 93, que se describen en el Anexo I integrante de dicha ley;

Que con fecha 18 de mayo de 2006 la Ciudad de Buenos Aires, representada por su Jefe de Gobierno, suscribió con el BIRF el Convenio de Préstamo para financiar el programa mencionado en el párrafo anterior, identificado con el número 7.289-AR;

Que este convenio permite al Gobierno de la Ciudad realizar las obras de readecuación de la red de desagües pluviales de la Cuenca del Arroyo Maldonado y llevar a cabo la dirección y monitoreo de las mismas a fin de mitigar el impacto que producen las inundaciones que afectan dicha cuenca;

Que en el convenio precitado, en su Sección IV, se acuerda que el Gobierno de la Ciudad establecerá y mantendrá un sistema de gestión financiera y de registros y estados contables adecuados para reflejar las operaciones, recursos y gastos vinculados al proyecto, correspondientes a cada ejercicio económico y auditados por auditores independientes aceptables a criterio del Banco, de conformidad con estándares de auditoría y términos de referencia aceptables para dicha institución de crédito;

Que asimismo, en vista de la complejidad, envergadura y características del Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires es necesario contratar servicios de consultoría para la Auditoría Contable y Financiera del mismo y que, dada la fuente de financiamiento de dicho programa y en virtud de lo establecido por el art. 4° de la Ley N° 1.660, las contrataciones pertinentes se regirán, según corresponda, por las normas, condiciones y procedimientos del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) relativos a la adquisición de bienes y contratación de obras y por las normas, condiciones y procedimientos de la misma institución relativos a contratación de servicios de consultoría, ambas de mayo de 2004;

Que las normas, condiciones y procedimientos arriba mencionados establecen un procedimiento en el cual en la primera etapa se invita a las firmas consultoras internacionales a expresar interés a fin de preparar una lista corta de no menos de seis (6) firmas, presentando los datos necesarios para formarse un juicio acerca de la idoneidad y experiencia de las mismas, y en la etapa posterior se procede a preparar un Pedido de Propuestas (PP) que hace las veces de pliego a los efectos de la presentación de ofertas y de licitar la contratación de los servicios únicamente entre los integrantes de la mencionada lista corta;

Que en su oportunidad el Decreto N° 403/06 (B.O. N° 2432), creó la Dirección General de Relaciones con el Banco Mundial (DGRBCOM), entonces dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda, asignándole entre sus responsabilidades primarias la de ejercer las facultades previstas por la Ley N° 93 y su reglamentación para el Proyecto de Protección contra Inundaciones (Préstamo BIRF N° 4.117-AR), las cuales, según dispuso ese decreto, fueron también aplicables al Programa de Gestión del Riesgo Hídrico aprobado por Ley N° 1.660 (Préstamo BIRF N° 7.289 AR);

Que el Decreto N° 1.149/06 (B.O. N° 2516) aprobó el Manual Operativo del Programa de Gestión del Riesgo Hídrico de la Ciudad, el cual detalla las funciones, facultades, atribuciones y competencias de la Dirección General de Relaciones con el Banco Mundial, entre las que se encuentran las de preparar y procesar los pagos a que dé lugar la ejecución del Programa y registrarlos en los sistemas contables del Banco y del Gobierno de la Ciudad, preparar y procesar las solicitudes de desembolsos de los fondos del financiamiento del Banco, administrar la Cuenta Especial del Programa a través de la Tesorería General del Gobierno de la Ciudad, preparar los reportes e informes al Banco Mundial especificados en el Convenio de Préstamo, administrar el presupuesto general del programa, implementar un sistema de control interno de sus actividades y cumplir con los requerimientos de auditoría del mismo; estableciéndose asimismo, que la mencionada Dirección General tuviera entre sus funciones la de elaborar los documentos requeridos para llevar a cabo las adquisiciones y las contrataciones del programa;

Que con fecha 17 de mayo de 2007 se recibieron las expresiones de interés, contabilizándose un total de ocho (8) presentantes. Habiéndose efectuado la evaluación y análisis de antecedentes y de la situación particular de cada una de las firmas o grupos de firmas consultoras respecto de la contratación de servicios que se propicia, previo informe del Comité de Evaluación para el análisis de las manifestaciones de interés y la recomendación del Banco de fecha 27 de septiembre de 2007 en sentido de agregar una firma más a la nómina propuesta, la Dirección General de Relaciones con el Banco Mundial solicitó al Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) por Nota N° 361 del 11 de octubre de 2007 la no objeción a una lista corta de seis (6) firmas, la cual se obtuvo mediante comunicación de esa institución de crédito fechada el 22 de noviembre de 2007;

Que asimismo, en la misma comunicación arriba citada, el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) otorgó su no objeción al Pedido de Propuestas N° 3/07, correspondiente a la licitación de los servicios de la Auditoría Contable y Financiera del Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires, con sujeción a las adecuaciones que en dicha comunicación se sugieren, las cuales fueron cumplimentadas oportunamente;

Que, de acuerdo a la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobada por el Decreto N° 2.075/07, las facultades previstas por la Ley N° 93 y su reglamentación para el Proyecto de Protección contra Inundaciones, también aplicables al Programa de Gestión de Riesgo Hídrico, pasaron a la actual Subdirección General de Relaciones con el Banco Mundial, dependiente de la Dirección General de Crédito Público y de la Subsecretaría de Administración Financiera, siendo esa Subdirección General el organismo administrativo reemplazante de la otrora Dirección General de Relaciones con el Banco Mundial;

Que, asimismo, las competencias para la autorización y aprobación de adquisiciones y contrataciones, establecidas en el Capítulo IX, punto 6.3 del Manual Operativo del Programa de Gestión del Riesgo Hídrico, se han modificado en virtud de la norma organizativa citada en el párrafo anterior, habiendo sido reemplazada en esas competencias la Subsecretaría de Gestión Operativa por la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera, como organismo superior de la Dirección General de Crédito Público y de la Subdirección General de Relaciones con el Banco Mundial;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires emitió dictamen en el que consideró procedente aprobar el pedido de manifestación de interés de firmas consultoras para la formación de la lista corta;

Que en ese sentido cabe mencionar que con fecha 19 de marzo de 2007 el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) comunicó su no objeción respecto de la invitación a las firmas consultoras a presentar expresiones de interés a fin de participar del procedimiento licitatorio arriba mencionado y que en los avisos correspondientes se ha dado cumplimiento a las recomendaciones hechas por esa entidad de crédito;

Que asimismo corresponde mencionar que atento a que el pedido de propuestas cuya aprobación se propicia tramitó hasta el otorgamiento de su no objeción como Pedido de Propuestas N° 3/07, no obstante la fecha actual se estima conveniente que el mencionado documento conserve esa denominación;

Que se ha formado nuevamente el Comité de Evaluación para el análisis de las propuestas correspondientes al procedimiento licitatorio arriba mencionado, atento a que con posterioridad a su designación se había tornado incompleta la integración del mismo;

Que de acuerdo a lo expuesto, se propicia la aprobación de la lista corta y del pedido de propuestas para licitar la contratación de los servicios arriba mencionados;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN

Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

RESUELVE:

Artículo 1° - Convalídase la invitación efectuada a las firmas consultoras para presentar expresiones interés, a fin de integrar la lista corta del procedimiento de licitación del contrato de los servicios de la Auditoría Contable y Financiera del Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires, la que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2° - Apruébase la integración de la lista corta de las firmas consultoras habilitadas para participar del procedimiento de licitación mencionado en el artículo anterior, de acuerdo a la siguiente composición:

1- BERTORA Y ASOCIADOS;

2- PKF VILLAGARCÍA Y ASOCIADOS;

3- CAPURRO

4- BDO - BECHER

5- PRICE WATERHOUSE

6- RATTO VILLARES Y ASOCIADOS.

Artículo 3° - Apruébase el Pedido de Propuestas titulado:

PP N° 3/07, República Argentina, Nombre: Programa de Gestión del Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires, N° del préstamo: 7.289-AR, Auditoría Contable y Financiera del Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires, para la licitación mencionada en el artículo 1° de la presente resolución, en el marco de la Ley N° 1.660 y su reglamentación, el Convenio de Préstamo BIRF N° 7.289-AR, y demás normas de la Ciudad de Buenos Aires y de la República Argentina, documento que como Anexo II forma parte de la presente resolución.

Artículo 4° - Encomiéndase a la Subdirección General de Relaciones con el Banco Mundial, la realización de las invitaciones a las empresas integrantes de la lista corta que se aprueba en el artículo 2° a los efectos de presentar propuestas para la licitación indicada en el artículo 1°. Las propuestas deberán presentarse en la Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda de la Ciudad de Buenos Aires, sita en Avenida de Mayo 525, planta baja, oficina 20, hasta la fecha límite que se fije para todas las presentaciones y se notifique a cada firma o grupo de firmas. Esta fecha no deberá ser inferior a veintiocho (28) ni superior a noventa (90) días corridos contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación. Hágase saber en dicha invitación que las propuestas deberán presentarse únicamente en copias de papel y que no serán consideradas las que se presenten por vía de correo electrónico ni las que se reciban por cualquier vía en lugar distinto al indicado y/o después de la fecha y hora de cierre que se fije.

Artículo 5° - Establécese que, los interesados podrán presentar consultas por escrito respecto del pedido de propuestas que se aprueba en el artículo 3° de la presente resolución en la mencionada Dirección General de Compras y Contrataciones, en el horario de 10 a 15 horas, por el plazo que se fija en dicho documento de licitación.

Artículo 6° - Delégase en la Subdirección General de Relaciones con el Banco Mundial, las facultades de completar en el pedido de propuestas fechas, lugares, horarios y datos de los consultores conforme resulte necesario por razones de orden operativo y las particularidades de la adjudicación, así como de dictar los actos administrativos necesarios para materializar la contratación hasta la recomendación de adjudicación y de emitir circulares ampliatorias o aclaratorias del pedido de propuesta aprobado por el artículo 3° de la presente resolución, sin que ello implique modificación alguna de la documentación aprobada por dicho artículo. Estas circulares serán comunicadas por la Dirección General de Compras y Contrataciones.

Artículo 7° - Las erogaciones con causa en el contrato de servicios de consultoría que se licita serán imputadas a las partidas presupuestarias correspondientes al presente ejercicio y previsionadas en los ejercicios presupuestarios subsiguientes, según sus montos y plazos de ejecución.

Artículo 8° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet de la Ciudad de Buenos Aires, remítase al Ministerio de Hacienda, a la Dirección General de Compras y Contrataciones, y a la SDGRBM (Subdirección General de Relaciones con el Banco Mundial) para la prosecución de su trámite y notificación de la lista corta a las empresas o grupos de empresas que participaron del procedimiento de formación de la misma y de la Carta de Invitación y Pedido de Propuestas a los integrantes de la lista corta.

NOTA: el Anexo puede ser consultado en la Dirección General de Compras y Contrataciones, Av. de Mayo 575, planta baja, oficina 20.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p> Resolución 716-SSGEYAF-08, se propicia la aprobación de la lista corta y del pedido de propuestas para licitar la contratación de la Auditoría Contable y Financiera del Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco de lo dispuesto por el manual PGRH, aprobado por Decreto 1149-06.</p>