DECRETO 547 2008
Síntesis:
MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - TRANSFERENCIA DE PROGRAMAS - PROGRAMA CARNAVAL PORTEÑO Y LA COMISIÓN DE CARNAVAL - DIRECCIÓN GENERAL FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES, A LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN CULTURAL DE LA SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL - MINISTERIO DE CULTURA
Publicación:
23/05/2008
Sanción:
16/05/2008
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto la Ordenanza N° 52.039 (B.O.CABA N° 370), su Decreto Reglamentario N° 2.047-GCABA-2004 (B.O.CABA N° 2.068), la Ley N° 1.527 (B.O.CABA N° 2.099), el Decreto N° 2.075-GCABA-2007 (B.O.CABA N° 2.829) y el Expediente N° 689-2008; y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ordenanza N° 52.039 se declara patrimonio cultural a las actividades desarrolladas por las asociaciones y/o agrupaciones artísticas de carnaval, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y además se crea una Comisión integrada por representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las asociaciones y/o agrupaciones artísticas de carnaval, regulada por el Decreto Reglamentario N° 2.047-GCABA-2004 de dicha Ordenanza;
Que, por Ley N° 1.527 se produce la creación del Programa Carnaval Porteño con la finalidad de promover los festejos del carnaval porteño, facilitar, estimular y desarrollar emprendimientos relacionados con la temática del carnaval, estableciendo como encargada de la organización de dichos festejos a la Comisión de Carnaval creada por Ordenanza N° 52.039;
Que, por Decreto N° 2.075-GCABA-2007 se aprueba la estructura organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las responsabilidades correspondientes a Supervisar y estimular las tareas que le competen a la Comisión de Carnaval creada por Ordenanza N° 52.039, se contemplan en la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales, con dependencia directa del Ministerio de Cultura;
Que, de conformidad con la estructura organizativa vigente la Dirección General de Promoción Cultural, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura, tiene a su cargo la implementación de las diferentes acciones tendientes a promover la participación cultural a través de la realización de programas socioculturales, proyectos, eventos, convenios concursos y Ferias Artesanales, entre otras;
Que, atento a lo expuesto y especialmente, teniendo en cuenta que las competencias asignadas al precitado Organismo presentan una mayor afinidad con la funcionalidad del Programa Carnaval Porteño y la Comisión de Carnaval, es conveniente determinar su transferencia, con el personal, patrimonio y presupuesto, a la Dirección General de Promoción Cultural, a fin de lograr una adecuada identificación de su operatividad con el quehacer específico del Organismo del cual dependen;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102° y 104°, inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Art. 1°.-Transfiérense el Programa Carnaval Porteño y la Comisión de Carnaval dependiente de la Dirección General Festivales y Eventos Centrales, a la Dirección General de Promoción Cultural de la Subsecretaría de Gestión Cultural, ambas dependientes del Ministerio de Cultura, con el personal, patrimonio y presupuesto.
Art. 2°.-Modifícanse las Responsabilidades Primarias de las Direcciones Generales de Festivales y Eventos Centrales y de Promoción Cultural, aprobadas por el Decreto N° 2.075-GCABA-2007 (B.O.CABA N° 2.829), de acuerdo con el Anexo 2/10 (Responsabilidades Primarias), el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 3°.-El presente Decreto es refrendado por los Señores Ministros de Cultura, de Hacienda y Jefe de Gabinete de Ministros.
Art. 4°.-Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a los Ministerios de Cultura (Direcciones Generales de Festivales y Eventos Centrales y de Promoción Cultural), de Hacienda (Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Administración de Recursos Humanos) y a la Dirección General de Organización y Sistemas de Gestión. Cumplido, archívese.
ANEXOS
ANEXO I