DECRETO 548 2008

Síntesis:

CREACIÓN DE DEPENDENCIAS - SE CREA LA COORDINACIÓN GENERAL OPERATIVA Y LEGAL EN LA ÓRBITA DEL MINISTERIO DE CULTURA - DESIGNACIÓN COMO COORDINADOR - FRANCISCO BARATTA - DNI 23.752.354 - MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA -

Publicación:

23/05/2008

Sanción:

16/05/2008

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824), su Decreto Reglamentario N° 2.075/2007 (B.O.C.B.A. N° 2829) y el Expediente N° 12.914/2008, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada Ley se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 2.075/2007, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que entre los niveles que componen el Ministerio de Cultura se encuentra la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal;

Que la citada Unidad de Organización tiene entre sus responsabilidades primarias, entre otras, la de analizar y asesorar al Ministro en los aspectos técnicos y de gestión de los actos administrativos, verificando su encuadre en las normas legales y reglamentarias, controlar el despacho de los asuntos del Ministerio y su protocolización, coordinar y controlar los actos administrativos, convenios y todas las actuaciones que tramitan ante el Ministerio y brindar apoyo legal y técnico al Ministerio;

Que la mencionada Dirección General debe implementar acciones para lograr la efectiva gestión administrativa y coordinar el despacho de los asuntos inherentes al Ministerio en cuestión;

Que asimismo, entre las funciones asignadas a la Dirección General se encuentra la de planificar, fiscalizar y realizar la ejecución administrativa, presupuestaria, contable y legal del Ministerio, programar y coordinar la administración de los bienes y recursos humanos y materiales del Ministerio y áreas dependientes, programar y coordinar la administración del sistema de compras y contrataciones para el Ministerio, elevar los proyectos de presupuesto y el registro de las afectaciones respectivas, entender en la sistematización, seguimiento y ejecución presupuestaria y en el control y registro presupuestario y contable del Ministerio, administrar el sistema informático del Ministerio y llevar inventario y registro de los bienes y recursos materiales del Ministerio;

Que teniendo en cuenta la magnitud de las tareas que le son encomendadas y las consecuencias perjudiciales que aparejaría el retardo en el despacho administrativo, resulta necesario contemplar una instancia de asistencia a la referida unidad hasta tanto se formalice la definición de las estructuras inferiores del Gobierno de la Ciudad;

Que por lo expuesto, corresponde propiciar la creación de la Coordinación General Operativa y Legal con el fin de asistir al titular de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura;

Que en este contexto, se propone la designación del Sr. Francisco Baratta, DNI 23.752.354, como titular de la Coordinación General Operativa y Legal del Ministerio de Cultura, a partir del 1° de abril de 2008;

Que por tal motivo procede el dictado del acto administrativo pertinente;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Art. 1°.- Créase a partir del 01 de abril de 2008 la Coordinación General Operativa y Legal dentro de la órbita del Ministerio Cultura, con una retribución equivalente al noventa y cinco por ciento (95%) de la retribución bruta establecida para el cargo de Director General, hasta tanto sean aprobados y cubiertos por concurso las estructuras inferiores de tal organismo.

Art. 2°.- La Coordinación General Operativa y Legal -hasta tanto se aprueben las estructuras inferiores de dicha instancia ministerial- depende funcionalmente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal y corresponden a sus responsabilidades primarias: atender el despacho de mero trámite de la citada Dirección General; intervenir en la elaboración y adecuación de los actos administrativos que deban someterse a la firma de los responsables de las unidades organizacionales de sus respectivos ministerios; administrar los recursos humanos, patrimonio y recursos de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal; coordinar el funcionamiento de la Mesa de Entradas y Salidas, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura; coordinar las Áreas Operativas de Compras y Contrataciones como la de Presupuesto y Contable; colaborar y cooperar en las relaciones con las restantes jurisdicciones.

Art. 3°.- Desígnase, a partir del 1° de abril de 2008, como Coordinador General Operativo y Legal de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dentro de la órbita del Ministerio de Cultura al Sr. Francisco Baratta, DNI 23.752.354, CUIT 20-23752354-8, retiene sin percepción de haberes la partida 5021.0020.P.B.03.0285.347, de la citada Dirección General.

Art. 4°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto.

Art. 5°.- El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Cultura, Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Art. 6°.- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y, para su conocimiento, notificación del caso y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Dec. 548-08 Crea la Coordinación General Operativa y Legal - M. de Cultura - Modifica Dec. 2075-07
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 2 del Decreto 451-10 dispone la supresión de la Coordinación Administrativa del Régimen de Promoción Cultural, creada por Decreto 548-08; a partir de los nombramientos provisorios en el Dto. 684-09.-</p>