LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2008

Síntesis:

CATALOGACIÓN DE INMUEBLES - SE CATALOGA CON NIVEL DE PROTECCIÓN ESTRUCTURAL A INMUEBLES - AV. DEL LIBERTADOR 2100 ESQUINA BILLINGHURST - EMBAJADA DE ITALIA - AV. DEL LIBERTADOR 3502 ESQUINA KENNEDY - EMBAJADA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU

Publicación:

06/06/2008

Sanción:

15/05/2008

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90

de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1°.- Catalóguense con Nivel de Protección Estructural, en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, los inmuebles sitos en Av. Del Libertador 2100 esquina Billinghurst (Sección 15, Manzana 55, Parcela 3a), Embajada de Italia, y en Av. Del Libertador 3502 esquina Kennedy (Sección 21, Manzana 93, Parcela 4d), Embajada de los Estados Unidos de América.

Art.2°.-Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Art. 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. Catalogación del Código de Planeamiento Urbano.

Art.3°.- Las fichas de catalogación 15-55-3a y 21-93-4d que obran en el Anexo I, forman parte integrante de la presente ley a todos sus efectos.

Art. 4°.- El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro dependiente del Ministerio de Gobierno, deberá asentar la catalogación establecida por el Artículo 1° en la Documentación Catastral correspondiente.

Art.5°.- Publíquese y cúmplase con lo establecido en los artículos 89° y 90° de la Constitución de la Ciudad.


ANEXOS

ANEXO I

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Tipo de relación

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Detalle

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