LEY 586 2001
Síntesis:
ESTABLECE EN TODAS LAS ESCUELAS EL DIA 2 DE MAYO DE CADA AÑO COMO DIA DE LOS TRIPULANTES DEL CRUCERO A.R.A. GENERAL BELGRANO - CALENDARIO ESCOLAR - BANDERA IZADA A MEDIA ASTA - GUERRA DE MALVINAS - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO)
Publicación:
24/05/2001
Sanción:
26/04/2001
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
18/05/2001
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024
Artículo 1° Establécese en todas las escuelas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 2 de Mayo de cada año como Día de los Tripulantes del Crucero A.R.A. GENERAL BELGRANO.
Artículo 2° Inclúyase en el calendario escolar la realización de actividades recordatorias del hundimiento del Crucero A.R.A. General Belgrano y sus tripulantes fuera del área de exclusión, por un submarino británico, violando normas internacionales.
Artículo 3° Dispóngase en todos los establecimientos educativos que la bandera permanecerá izada a media asta en homenaje a los muertos por el hundimiento del Crucero A.R.A. General Belgrano, ocurrido el 2 de mayo de 1982.
Artículo 4° Derógase la Ordenanza N° 51.481/97.
Artículo 5° Comuníquese, etc.