RESOLUCIÓN 463 2008 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

PRORROGA EL PLAZO PREVISTO EN EL ART. 1° DE LA RESOLUCIÓN CM N° 869-07 - SUSPENSIÓN DE LOS INGRESOS DE PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE Y TRANSITORIA EN ÁREAS DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - PLENARIO DEL CONSEJO

Publicación:

15/07/2008

Sanción:

26/06/2008

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO:

La Resolución CM N° 869/2007, y,

CONSIDERANDO:

Que con el objetivo de dotar al Organismo de un diseño de estructuras y funciones que le permita una gestión más eficiente, este Consejo de la Magistratura modificó mediante el dictado de la Resolución CM N° 405/2007 las estructuras vigentes, de manera de posibilitar asimismo la reorganización del personal de manera racional y de acuerdo con los perfiles de cada agente.

Que en una segunda etapa, y tendiente a la optimización de este proceso de modernización ya iniciado, se consideró necesario profundizar las tareas destinadas a racionalizar la relación entre los recursos afectados a la prestación de actividades sustantivas y aquellos afectados a las áreas de apoyo.

Que a tales fines, mediante el artículo 1° de la Resolución CM N° 869/2007, se dispuso la suspensión del ingreso de personal en las áreas administrativas del Consejo de la Magistratura por el plazo de seis (6) meses, prorrogable por igual período.

Que en atención al estado de avance del proceso de reorganización emprendido, razones de oportunidad, mérito y conveniencia aconsejan hacer uso de la mencionada prórroga.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el artículo 116 inciso 3° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Prorrogar por el término de seis (6) meses el plazo previsto en el artículo 1° de la Resolución CM N° 869/2007.

Art. 2°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad, y en la página Web, comuníquese a todas las dependencias y, oportunamente, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 463-08 prorroga por el término de seis meses el plazo establecido en el Art. 1° de la Res. 869-07