DECRETO 843 2008

Síntesis:

SE CREA LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - MODIFICA RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - DIRECCIÓN GENERAL ESCRIBANÍA GENERAL Y DE CONTADURÍA - DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIOS - DESIGNA COMO DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES A JAVIER IGNACIO IBÁÑEZ - DNI 22.960.843

Publicación:

18/07/2008

Sanción:

10/07/2008

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N° 2.095, N° 2.506 y N° 2.716, los Decretos N° 2.201/GCBA/1998 (B.O.C.B.A. N° 587), N° 2.075/GCBA/2007 (B.O.C.B.A. N° 2.829) y sus modificatorios, y N° 754/GCCBA/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.960), el Expediente N° 33.434/2008, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad a lo normado por el artículo 104, inciso 24) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Jefe de Gobierno administra los bienes que integran el patrimonio de la Ciudad, de conformidad con las leyes;

Que a su turno el artículo 104, inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estipula que compete al Jefe de Gobierno establecer la estructura y organización funcional de los organismos de su dependencia;

Que la Ley N° 2.506 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires determina que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades conferidas;

Que la Ley N° 2.716 modificó los términos de la Ley de Ministerios N° 2.506, transfiriendo la competencia de entender en todos los aspectos vinculados al dominio, disposición y enajenación de los bienes inmuebles del dominio público y privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del Ministerio de Hacienda al Ministerio de Desarrollo Económico;

Que el Decreto N° 2.075/GCBA/2007 aprobó la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como así también los objetivos y responsabilidades primarias de las Unidades de Organización integrantes del Poder Ejecutivo;

Que de acuerdo al Decreto mencionado, la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda es actualmente el órgano competente para entender en la administración, disposición y enajenación de los bienes inmuebles de dominio público y privado del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en virtud de las modificaciones operadas en la Ley de Ministerios mediante la Ley N° 2.716, se hace necesario crear una Unidad de Organización a la que se le transfiera la competencia en la administración y, disposición y enajenación de los inmuebles de dominio público y privado del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por lo expuesto, corresponde propiciar la creación de la Dirección General de Administración de Bienes bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico con el fin de entender en todos los aspectos vinculados al dominio, administración, disposición y enajenación de los bienes inmuebles del dominio público y privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que consecuentemente, y a los efectos de una correcta distribución de competencias entre los órganos del Poder Ejecutivo, corresponde actualizar las funciones atribuidas a la Dirección General Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda, de conformidad con las modificaciones operadas en virtud de la Ley N° 2.716 y del presente Decreto;

Que asimismo corresponde asignar a la Dirección General Escribanía General dependiente del Ministerio de Hacienda, y a la Dirección General de Administración de Bienes, la competencia de mantener actualizado el Banco de Datos de los bienes inmuebles de dominio público y privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en tal sentido y a los fines de coordinar la función mencionada precedentemente, corresponde asignar a la Dirección General Escribanía General, la competencia de mantener actualizado el Banco de Datos de los bienes inmuebles de dominio público y privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con respecto a las altas y bajas de los mismos y a la Dirección General de Administración de Bienes, la competencia de Mantener actualizado el Banco de Datos de los bienes inmuebles de dominio público y privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con respecto al estado de mantenimiento, ocupación y de gestión administrativa de los mismos, efectuando los relevamientos que correspondan;

Que en este contexto, se propone la designación del Ingeniero Javier Ignacio Ibáñez, D.N.I. N° 22.960.843, como Director General de la Dirección General de Administración de Bienes del Ministerio de Desarrollo Económico;

Que conforme lo expuesto, corresponde modificar parcialmente la estructura orgánico funcional aprobada por Decreto N° 2075/GCBA/2007 y sus modificatorios;

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Créase la Dirección General de Administración de Bienes dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico cuyos objetivos se detallan en el Anexo I que, a todos sus efectos forma parte integrante del presente.

Artículo 2° Modifícase parcialmente la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Económico aprobada por Anexo I/9 y II/9 del Decreto N° 2.075/GCBA/2007 y sus modificatorios, de conformidad con lo establecido en el presente Decreto.

Artículo 3° Desígnase, al Ingeniero Javier Ignacio Ibáñez, D.N.I. N° 22.960.843, CUIT N° 20-22960843-7, como Director General de la Dirección General de Administración de Bienes.

Artículo 4° Modifícanse parcialmente las responsabilidades primarias de la Dirección General Escribanía General las que como Anexo II forman parte integrante del presente Decreto. Modifícanse parcialmente las responsabilidades primarias de la Dirección General Escribanía General las que como Anexo II forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 5° Modifícanse parcialmente las responsabilidades primarias de la Dirección General Contaduría, las que como Anexo III forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 6° El Ministerio de Hacienda arbitrará las medidas pertinentes a los fines de la aplicación de lo dispuesto en el presente Decreto, haciendo efectivos los traspasos de personal, patrimonio y presupuesto que resulten necesarios, entre las áreas del Poder Ejecutivo según corresponda.

Artículo 7° El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo Económico y de Hacienda, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 8° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios del Poder Ejecutivo, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos pase al Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Dec. 843-08 Crea la DG Adminitración de Bienes, M. Desarrollo Económico, modifica las responsabilidades de la DG Escribanía Gral, y de la DG de Contaduría, M. de Hacienda - modifica Anexos I y II del Dec. 2075-07