DISPOSICIÓN 15 2008 FISCALÍA GENERAL
Síntesis:
ESTABLECE QUE EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, INTERVENDRÁ EN LOS ACTOS DE APERTURA DE OFERTAS DE TODAS LAS CONTRATACIONES DE MINISTERIO PÚBLICO FISCAL
Publicación:
23/07/2008
Sanción:
30/06/2008
Organismo:
FISCALÍA GENERAL
VISTO:
La Ley N° 2095 y su Decreto reglamentario 408/07, la Resolución FG N° 126/07, y la Resolución FG N° 18/08,
Y CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2095, estableció un sistema de normas para los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, aplicable a todo el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo el PODER JUDICIAL.
Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución FG N° 126/07 se ha constituido, en el ámbito de la OFICINA DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO Y CONTABLE, la UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES del MINISTERIO PUBLICO FISCAL de la C.A.B.A., a fin de intervenir en todos los procesos de adquisiciones que se realicen dentro de su órbita.
Que, dentro de las funciones de la UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES del MINISTERIO PUBLICO FISCAL de la C.A.B.A., se encuentra el procedimiento de apertura de las ofertas, correspondiente a las contrataciones efectuadas por ese Organismo.
Que el artículo44.4 del Decreto 408/97, reglamentario de la ley 2095, establece que la apertura de ofertas se llevará a cabo en presencia de los funcionarios designados por la Unidad Operativa de Adquisiciones.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los artículos 1, 2, 3, 21 inc. 2°, 22, 23 y concordantes de la Ley N° 1903, el artículo 13 de la Ley N° 2095, el artículo 44.4 del Decreto 408/07, reglamentario de aquél, y la Resolución FG N° 126/07,
EL TITULAR DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES
DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES,
ARTÍCULO 1°.- Establécese que el Jefe del Departamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal, intervendrá en los actos de apertura de ofertas de todas las contrataciones de MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, quien podrá actuar indistintamente con el suscripto, o en su representación.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un (1) día, anúnciese en la página de Internet del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, y oportunamente archívese.