DECRETO 901 2008
Síntesis:
PROMULGA LA LEY 2775
Publicación:
01/08/2008
Sanción:
23/07/2008
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 2.775 la que con sus Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII Y VIII, que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto, fue sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 26 de junio de 2008 (Expediente N° 39.106/2008). Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y pase al Ministerio de Desarrollo Urbano y a la Secretaria General a los fines de su conocimiento y respectivas competencias.
El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Urbano y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.MACRI - Chain - Rodríguez Larreta