LEY 2800 2008

Síntesis:

INSTITUYE DÍA DE LOS GRUPOS COMUNITARIOS - 18 DE AGOSTO DE CADA AÑO - RECONOCER Y DIFUNDIR LA LABOR QUE REALIZAN - TRABAJO VOLUNTARIO Y FOMENTAR AYUDA MUTUA - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO)

Publicación:

15/08/2008

Sanción:

17/07/2008

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

08/08/2008


TEXTO ACTUALIZADO

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Institúyese el día 18 de agosto de cada año como "Día de los Grupos Comunitarios" en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de reconocer y difundir la labor que realizan los grupos de trabajo voluntario y fomentar la ayuda mutua mediante el quehacer comunitario.

Art. 2°.- A los efectos de cumplir con lo dispuesto en el artículo 1° de la ley, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propiciará acciones de concientización y difusión a través de todos los medios de comunicación a su alcance.

Art. 3.- Comuníquese, etc.-Santilli - Pérez

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