DECRETO 1030 2008

Síntesis:

MODIFICA EL DECRETO N° 575-GCABA-08 - ASIGNACIÓN DE NIVEL DE SUBSECRETARIO AL CARGO DE TITULAR DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD COORDINACIÓN DE PLANES ESTRATÉGICOS

Publicación:

26/08/2008

Sanción:

15/08/2008

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

El Decreto N° 575/GCBA/2008, y el Expediente N° 43.482/2008, y;

CONSIDERANDO:

Que, por el articulo 1° del Decreto N° 575/GCABA/08, se asignó al cargo de Titular del Organismo Fuera de Nivel Unidad Coordinación de Planes Estratégicos, de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Nivel retributivo equivalente a Subsecretaría;

Que asimismo, se designó a partir del 16 de abril de 2008, al Licenciado José Luis GIUSTI, D.N.I. 20.008.464, CUIL 20-20008464-1, como titular del Organismo Fuera de Nivel Unidad de Coordinación de Planes Estratégicos, dependiente de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con Nivel retributivo equivalente a Subsecretario;

Que, es de hacer notar que en el precitado Decreto no se especificó el rango, las responsabilidades, facultades y planta de gabinete asignadas a la mencionada Unidad de Coordinación de Planes Estratégicos;

Que, a tal efecto, se propicia modificar el texto del artículo 1° del Decreto que nos ocupa;

Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Art. 1°.-Modificase el texto del artículo 1° del Decreto N° 575/GCABA/08, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

"Asígnase a partir del 16 de abril de 2008 al cargo de Titular del Organismo Fuera de Nivel Unidad Coordinación de Planes Estratégicos, de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, nivel, rango, responsabilidades, facultades, planta de gabinete y remuneración equivalentes a Subsecretario."

Art. 2°.- El Ministerio de Hacienda a través de la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto arbitrará las medidas necesarias para atender los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto.

Art. 3°.- El presente Decreto es refrendado por señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Art. 4.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos, y a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.

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