DECRETO 1065 2008
Síntesis:
RECONOCE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR GOICOECHEA MARÍA EUGENIA DNI 30.629.611 - NAVARRO DIEGO MARTÍN DNI 29.801.106 - COMO PERSONAL DE PLANTA DE GABINETE DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES ZONALES - DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Publicación:
10/09/2008
Sanción:
02/09/2008
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
El Expediente N° 14.536/2008, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 2.075/2007 (B.O.C.B.A. N° 2.829), se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que entre otras medidas, el Artículo 5° del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2007, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno;
Que según surge de los presentes actuados la Dirección General de Servicios Sociales Zonales, del Ministerio de Desarrollo Social, solicita se reconozcan los servicios prestados por diversas personas, como Personal de su Planta de Gabinete;
Que dicho requerimiento se efectúa desde el 10 de diciembre de 2007 y hasta el 09 de enero de 2008, toda vez que existió una real prestación de servicios;
Que a tal fin resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo peticionado;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires);
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Art. 1°.- Reconócense los servicios prestados desde el 10 de diciembre de 2007 y hasta el 09 de enero de 2008, por diversas personas, como Personal de la Planta de Gabinete de la Dirección General de Servicios Sociales Zonales, del Ministerio de Desarrollo Social, tal como se indica en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto, en las condiciones establecidas por el Artículo 5° del Decreto N° 2.075/2007, (B.O.C.B.A. N° 2.829).-
Art. 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, encuentra imputación en el Presupuesto Vigente, en el Inciso 1 Gastos en Personal, en la Repartición en que prestaron servicios.-
Art. 3°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social, y los señores Ministro de Hacienda y Jefe de Gabinete de Ministros.-
Art. 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda; cumplido, archívese.
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en Boletín N°3011 con fecha 10 Setiembre de 2008