DECRETO 1112 2008
Síntesis:
RATIFICA CONVENIO ESPECÍFICO CELEBRADO CON LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL BUENOS AIRES - CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN - N° 3-03 - MINISTERIO DE SALUD - ELABORACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA ADQUISICIÓN DEL EQUIPAMIENTO NECESARIO PARA LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD - HOSPITALES - 27-6-08 - ASISTENCIA TÉCNICA - INFORME TÉCNICO
Publicación:
22/09/2008
Sanción:
16/09/2008
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
El Convenio Marco de Colaboración, registrado con el N° 3/03, su Ley aprobatoria N° 1150 (BOCBA N° 1.820) y el Expediente N° 51561/08 y;
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente señalado en el Visto tramita el Convenio Especifico celebrado el día veintisiete (27) de junio del corriente año entre la Universidad Tecnológica Nacional - Facultad Regional Buenos Aires, representada por el señor Decano, Arq. Luís Angel de Marco, y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el señor Ministro de Salud, Dr. Jorge Lemus;
Que dicho Convenio Especifico, acordado en los términos del Convenio Marco de colaboración suscripto por las partes el día diecisiete (17) de febrero de 2003, registrado con el N° 3/03 y aprobado por Ley N° 1150, tiene por objeto la prestación de colaboración y asistencia técnica por parte de la Universidad Tecnológica Nacional al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la preparación de documentación relativa al proceso de adquisición y recepción de equipamiento hospitalario, a través de asistentes técnicos de probada capacidad e idoneidad para el desarrollo de dichas tareas;
Que las actividades de colaboración previstas en dicho instrumento resultarán beneficiosas para el Ministerio de Salud, dada la difícil labor que implica la elaboración de las especificaciones técnicas para la adquisición del equipamiento necesario para los establecimientos de salud y su posterior operación;
Que en dicho sentido, los recursos que brindará tan prestigiosa casa de estudios son de suma utilidad frente a la necesidad de conocimientos específicos que exige la materia;
Que por otra parte, y atendiendo a la finalidad del referido Convenio, el señor Ministro de Salud actuó de conformidad con las facultades que le son propias, previstas por la Ley de Ministerios N° 2506, que establece que es atribución de los Ministros intervenir en las actividades de cooperación en el marco de sus competencias específicas;
Que a su vez, se ha procedido a efectuar e incorporar la correspondiente reserva presupuestaria para atender la erogación prevista en la Cláusula Quinta del Convenio;
Que corresponde expedirse conforme lo previsto en la Cláusula Décimo Cuarta del Convenio y en un todo de acuerdo con lo normado por el artículo 104, inciso 3°, de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1°.- Ratifícase el Convenio Especifico celebrado el día veintisiete (27) de junio del corriente año entre la Universidad Tecnológica Nacional - Facultad RegionalBuenos Aires, representada por el señor Decano, Arq. Luis Angel de Marco, y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el señor Ministro de Salud, Dr. Jorge Lemus, el cual en copia certificada obra como Anexo I, y que a todos sus efectos forma parte integrante del presente.-
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.-
Artículo 3°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y, para su conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Salud. Cumplido, archívese.
NOTA: El Anexo de la presente puede verse en la Separata del BO 3019