RESOLUCIÓN 118 2008 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Síntesis:

SE APRUEBAN LAS FUNCIONES Y PROCEDIMIENTOS DE LA MESA DE ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVO - ENTE ÚNICO REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS

Publicación:

24/09/2008

Sanción:

12/09/2008

Organismo:

F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Estado:

No vigente


VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, La Ley N° 104, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad, aprobada por Decreto N° 1510/1997 y sus modificatorias, los Decretos N° 2007/2003 y N° 608/2008, el Acta de Directorio N° 212 del 25 de abril de 2004, la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 84 del 28 de julio de 2008, el Expediente N° 1323/EURSPCABA/2008, y

CONSIDERANDO:

Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad establece que el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es autárquico, con personería jurídica, independencia funcional y legitimación procesal;

Que, la Ley N° 210, reglamentaria de su creación, ratifica la facultad que tiene el Ente para administrarse a sí mismo conforme las pautas normativas expresadas en su texto;

Que, el Art. 11 inc. i) de la mencionada ley faculta al Directorio a realizar todos los actos que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones y objetivos;

Que, el Art. 19 de la Ley N° 210 establece que en sus relaciones con la Administración y con los particulares, el Ente se rige por la Ley de Procedimientos Administrativos y sus disposiciones reglamentarias, con las excepciones dispuestas por la citada ley;

Que, conforme lo dispuesto por el Directorio a través del Acta N° 212 la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo tiene entre sus funciones garantizar la accesibilidad de las actuaciones administrativas informando sobre la localización de las mismas y definir y administrar el Archivo General del Ente y resguardar los expedientes en soporte papel y/o tecnológico, certificando para el caso de los últimos la validez de las copias que se emitan de los resguardos de soporte digital o de microfilm;

Que, a la fecha el Archivo General del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires procede según lo dispuesto por la Resolución N° 70/EURSPCABA/2005 y conforme pautas de uso y costumbre en lo que respecta a la organización interna del mismo;

Que, el Archivo General del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires requiere del desarrollo de un cuerpo normativo para su gestión;

Que, resulta necesaria la creación de un marco legal que contemple la competencia del Archivo General y sus funciones, la definición de plazos de guarda según las tratas, y el procedimiento de archivo de los expedientes administrativos;

Que, asimismo, corresponde otorgar a los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires garantías en cuanto a la transparencia en la gestión y el acceso a la información;

Que, para la elaboración de la presente norma se han tomado en cuenta los principios de racionalización administrativa y celeridad en la gestión;

Que, del mismo modo, la presente norma ha tenido en cuenta las pautas establecidas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en los Decretos N° 2007/2003 y N° 608/2008;

Que, teniendo en cuenta las prescripciones legales y las necesidades concretas de la Administración, se establecen los plazos de guarda para los expedientes (uno, dos, cinco y diez años) y, asimismo, se determinan los que son considerados con vigencia administrativa (permanentes);

Que, a fin de agilizar el procedimiento del archivo de expedientes deben otorgarse facultades a la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo, respecto de la evaluación de los plazos de guarda que correspondan en cada caso, a la registración de los plazos de guarda que se asignen a tratas no contempladas, a la elaboración e implementación del procedimiento de depuración de expedientes carentes de valor administrativo, legal o histórico;

Que, la Secretaría Legal ha tomado la intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Aprobar las Funciones y Procedimientos de la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Archivo de Expedientes EURSPCABA que como Anexo I, forma parte de la presente resolución.

Artículo 2°.- Aprobar el modelo de formulario de "Archivo de Expediente EURSPCABA" que como Anexo II forma parte de la resolución.

Artículo 3°.- Eliminar el punto 9 del Capítulo VI del Manual de Estilo y Procedimientos del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Resolución N° 70/EURSPCABA/2005.

Artículo 4°.- Dejar sin efecto cualquier otra prescripción o disposición que se oponga a lo resuelto en el Art. 1° al momento de su entrada en vigor.

Artículo 5°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Artículo 6°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a todas las oficinas con rango de gerencia, área y departamento del Organismo. Cumplido, archívese.

NOTA: El Anexo de la presente puede verse en la Separata del BO 3021

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 3 de la Resolución 716-ERSP-17 deroga la Resolución 118-ERSP-2008. </p>
MODIFICA
Art 4 de la Res 118-EURSP-08 elimina el punto 9 del Cap VI del Manual aprobado por Res 70-EURSP-05 - Art 4 deja sin efecto cualquier otra prescripción que se oponga a lo resuelto en art 1