RESOLUCIÓN 52 2008 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

NORMA DEROGADA - ASIGNA CON CARÁCTER TRANSITORIO Y EXPERIMENTAL - SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN A LA CALLE AGUSTÍN DE VEDIA - DESDE TABARÉ HASTA AV PERITO MORENO DE SE A NO

Publicación:

21/10/2008

Sanción:

08/10/2008

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO: los Registros Nros. 4.198 y 3.005-DGTRANSI-2008, y

CONSIDERANDO:

Que por los actuados señalados en el Visto la señora Margarita de Stefano y otros vecinos de la calle Agustín de Vedia, solicitan se otorgue a esa calle, a la altura de Villa Soldati, mano única de circulación de sur a norte;

Que analizada la cuadrícula del sector y las obras en ejecución en la zona, se entiende que puede brindarse seguridad al movimiento peatonal de esa arteria, por lo cual es válida la propuesta de otorgar sentido único circulatorio al tramo de la calle Agustín de Vedia entre Tabaré y Av. Perito Moreno;

Que, sin embargo, no resulta factible autorizar esa modalidad a la totalidad del tramo solicitado (desde Av. 27 de Febrero), dado que por esa calle se inició, utilizando el subsuelo, la construcción a cielo abierto de un canal aliviador del Arroyo Erezcano;

Por ello, conforme las facultades otorgadas por el artículo 1.2.2 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Decreto N° 498-GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°. - Inclúyese, con carácter transitorio y experimental, por el término de noventa (90) días corridos, a partir de la fecha de su implementación, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10.407/47 (B.M. 8174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, al siguiente tramo de calle, de la forma que se indica:

AGUSTÍN DE VEDIA, desde Tabaré hasta Av. Perito Moreno de SE a NO.

Artículo 2°. - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el pertinente señalamiento vertical que proyectará y ejecutará la Dirección General de Tránsito, fijando posteriormente la fecha de implementación, mediante la respectiva Disposición.

Artículo 3°. - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires conforme lo previsto en el inciso a) del artículo 1.2.3 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte, y remítase a la Dirección General de Tránsito la que comunicará a la Policía Federal Argentina, al Centro de Gestión y Participación Comunal N° 4 y a las Direcciones Generales de Transporte, de Seguridad Vial y a la recurrente. Cumplido, archívese

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Ley 3435, en su art. 2, deja sin efecto la Resolución 52-SSTRANS-08.</p>
INTEGRADA POR
Dispo 2966-DGTRANSI-08-Implementa Res 52-SSTRANS-08-Sentido único de circulación-Agustín de Vedia desde Tabaré hasta Av Perito Moreno, SE a NE