DISPOSICIÓN 95 2008 DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA

Síntesis:

SE ADMITEN POSTULANTES AL CONCURSO PARA EL INGRESO DE ABOGADOS A LA PROCURACIÓN GENERAL - ELECCIÓN - INSCRIPCIÓN - PROFESIONALES

Publicación:

17/10/2008

Sanción:

15/10/2008

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA


Visto la ley 1218, las resoluciones 1960 SHyF-PG/05, 982-MHGC-PG/08, 255- PG/08 y 280-PG/08 y,

CONSIDERANDO

Que la ley 1218 en lo que refiere a las misiones y organización de la Procuración General exige el ingreso al plantel de abogados por riguroso concurso público.

Que la resolución 982-MHGC-PG/08 estableció el régimen del concurso para el ingreso al plantel de abogados.

Que por la resolución 255-PG/08 se hizo el llamado al concurso público, estableciendo las fechas de apertura y cierre de la inscripción.

Que por resolución 280-PG/08 se prorrogó por un día la fecha de cierre de inscripción atento que el congreso nacional sancionó la ley 26416 que estableció como feriado el día 13 de octubre último.

Que entre la documentación básica solicitada para ser admitido como postulante es requisito excluyente presentar la fotocopia del documento nacional de identidad, currículum vitae, diploma universitario, los certificados emitidos por la Dirección Nacional de Reincidencia, el registro de juicios, universales y el registro de deudores alimentarios morosos de la Ciudad Autónoma de Buenos, conjuntamente con el certificado de matriculación del colegio o registro profesional habilitante, del cual surge la antigüedad y estado de la matrícula.

Que en virtud de la demora en que la Administración tramita y otorga dichos certificados, se admitió con carácter provisorio la constancia de trámite de algunos de los certificados mencionados anteriormente.

Que sin perjuicio de ello, el resto de los requisitos que exige la ley 1218 deben cumplirse indefectiblemente, en especial, lo dispuesto por el artículo 22 de la ley 1218.

Que por lo tanto es conveniente la publicación de tres listados diferentes, el primero de ellos con los postulantes admitidos que hicieron todas las presentaciones en debido tiempo y forma, el segundo de los postulantes que han sido provisoriamente admitidos y que deben subsanar su presentación y el último de los listados con aquellos casos de abogados que no cumplen con la antigüedad mínima profesional requerida establecida por el artículo 22 de la ley 1218.

Por ello y en uso de las facultades que le son propias

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO

DISPONE

Artículo 1° - Admítase al concurso para el ingreso de abogados a la Procuración General a los postulantes individualizados en el anexo I de la presente.

Artículo 2° - Admítase provisoriamente al concurso para el ingreso de abogados a la Procuración General a los postulantes individualizados en el anexo II de la presente.

Artículo 3° - Intímase a los postulantes admitidos provisoriamente a completar la documentación faltante hasta el 22 de octubre del corriente inclusive bajo apercibimiento de tener por cancelada su inscripción.

Artículo 4° - Desestímase la inscripción de las personas individualizadas en el anexo III por resultar inadmisible la misma en virtud de no contar con la antigüedad mínima profesional exigida por el artículo 22 de la ley 1218.

Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el sitio web de la Ciudad de Buenos Aires y en las carteleras de la Procuración General, comuníquese a las autoridades. Cumplido, archívese

NOTA: El Anexo de la presente norma puede verse en la Separata del BO 3037

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Art 1 de la Disp 95-DGTA-08 admite postulantes en el concurso llamado por la Res 255-PG-08 - Art 2 admite postulantes provisoriamente - Art 3 intima postulantes a completar documentación - Art 4 desestima inscripción de personas