DISPOSICIÓN 35 2008 DIRECCION GENERAL FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL
Síntesis:
SE APRUEBA LA FINANCIACIÓN PARA LOS PROYECTOS SELECCIONADOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL SIN FINES DE LUCRO Y UNIVERSIDADES - CONVOCATORIA - AÑO 2.008 - PROYECTOS APROBADOS - SUBSIDIOS - BENEFICIARIOS
Publicación:
27/10/2008
Sanción:
08/10/2008
Organismo:
DIRECCION GENERAL FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL
VISTO: Visto la Ley N° 2506/07, los Decretos N° 1682-GCBA-2002 y N° 2075-GCBA- 2007, y la Resolución N° 86-SSPSOC-2008, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución N° 86-SSPSOC--2008 el Ministro aprobó la 2° convocatoria 2008 del Programa Fortalecimiento a Organizaciones de la Sociedad Civil, y los dictámenes emitidos por la Comisión Evaluadora; y;
Que, en los Anexos I, II y III de la norma mencionada ut supra, se fijan las Bases para la 2° convocatoria 2008, cuyos requisitos criterios de evaluación y montos de financiación y viabilidad de los proyectos presentados, se establecen bajo la órbita de esta Dirección General dependiente de la Subsecretaría de Promoción Social;
Que el Programa Fortalecimiento a Organizaciones de la Sociedad Civil está dirigido a Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro y Universidades que tengan injerencia y acrediten domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, que desarrollen actividades tendientes a promover y desarrollar el fortalecimiento de las organizaciones de la sociedad civil; a incentivar la participación y el fortalecimiento de la ciudadanía, a través de Organizaciones de la sociedad civil que ejecuten proyectos orientados a la inclusión social de grupos en situación de vulnerabilidad; a promover la articulación entre Organizaciones de la Sociedad Civil, y entre éstas y las comunidades con las que interactúan; a potenciar la gestión asociada entre Organizaciones de la Sociedad Civil y Programas del Estado; y a fortalecer la construcción de una cultura solidaria.
Que los integrantes de la Comisión Evaluadora designada conforme la mencionada Resolución, previo a la suscripción de los convenios con las entidades seleccionadas, han procedido a la emisión de los dictámenes correspondientes a la viabilidad y procedencia de los proyectos presentados, acordando su aprobación o rechazo;
Que analizadas las recomendaciones para la aprobación y temáticas definidas para su financiación, corresponde a la que suscribe disponer la nómina de las organizaciones cuyos proyectos han sido seleccionados y elevarlos a la autoridad competente;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL
DISPONE:
Artículo 1°.- Aprobar la financiación para los proyectos seleccionados por la Comisión Evaluadora, en el marco de las facultades conferidas por la Resolución N° 86-SSPSOC-2008, para la 2° convocatoria 2008 al Programa Fortalecimiento a Organizaciones de la Sociedad Civil, dentro de la órbita de esta Dirección General dependiente de la Subsecretaría de Promoción Social.
Artículo 2°.- Establecer como aprobados aquellos proyectos presentados por las Organizaciones de la Sociedad Civil comprendidas dentro de las categorías de investigación, capacitación, difusión, gestión asociada e implementación en temáticas de mujer, niñez, adolescencia, juventud, tercera edad, nutrición, personas en situación de calle y salud mental, bajo las modalidades, condiciones y montos otorgados que como Anexos I, II y III se consignan en la presente Disposición.
Artículo 3°.- Comunicar a las Organizaciones de la Sociedad Civil cuyos proyectos hayan sido aprobados para la 2° convocatoria 2008 del dictado de la presente Disposición.
Artículo 4°.- Una vez suscriptos los convenios por las entidades seleccionadas, elevar los antecedentes a la autoridad competente, a fin de perfeccionar dicho instrumento y proceder en caso de estimarlo corresponder, al otorgamiento de los subsidios resueltos.
Artículo 5°.- Regístrese, y protocolice y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Promoción Social del Ministerio de Desarrollo Social, y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese.
NOTA: El Anexo de la presente puede verse en la Separata del BO 3043