RESOLUCIÓN 68 2008 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Síntesis:
NORMA DEROGADA - INCLUYE COMO ARTERIA CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN AL TRAMO DE LA CALLE CARLOS F. MELO DESDE MAGALLANES HASTA CNEL. SALVADORES DE NORTE A SUR
Publicación:
05/11/2008
Sanción:
24/10/2008
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
VISTO: el Registro N° 5816-DGTRANSI-2008, y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado señalado en el Visto la Empresa de Transporte Vuelta de Rocha S.A.T.C.I. manifiesta que la puesta en vigencia de la Disposición N° 437-DGTRANSP-2008 le ha generado inconvenientes operativos en la salida de sus unidades de la terminal ubicada en Carlos F. Melo entre Magallanes y Rocha;
Que por lo expresado solicitan se le asigne sentido único de circulación a un tramo de la calle Carlos F. Melo a los fines de facilitar la salida de las unidades hacia el Sur;
Que en virtud de ello se entiende que resulta conveniente asignar sentido único de circulación a la calle Carlos F. Melo desde Magallanes hasta Cnel. Salvadores de Norte a Sur;
Por ello, conforme las facultades otorgadas por el artículo 1.2.2 del Código de Transito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por el Decreto N° 498-GCBA-2008 ,
EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
Artículo 1°.- Inclúyese, con carácter transitorio y experimental, por el término de noventa (90) días corridos, a partir de la fecha de su implementación, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10.407/47 (B.M. 8174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, al tramo de la calle Carlos F. Melo desde Magallanes hasta Cnel. Salvadores de Norte a Sur.
Artículo 2°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el pertinente señalamiento vertical que proyectará y ejecutará la Dirección General de Tránsito, fijando posteriormente la fecha de implementación, mediante la respectiva Disposición.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del artículo 1.2.3. del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito la que comunicará a la Policía Federal Argentina, a las Direcciones Generales de Transporte, de Seguridad Vial y notificará a la parte recurrente. Cumplido, archívese