RESOLUCIÓN 807 2008 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

MODIFICA LA RESOLUCIÓN 405-CMBA-07 - CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DE LA UNIDAD CONSEJERO - ESTRUCTURA ORGÁNICA - COMPOSICIÓN

Publicación:

05/11/2008

Sanción:

16/10/2008

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO:

Lo dispuesto por el Capítulo VIII de la Estructura Orgánica del Consejo de la Magistratura aprobada por resolución CM N° 405/2007 y la Ley N° 2274, y

CONSIDERANDO

Que el capítulo VIII de la resolución CM N° 405/2007, determina la integración de las Unidades Consejero.

Que en su artículo 158 se dispone que cada Unidad Consejero tiene una estructura compuesta por un (1) Secretario Letrado designado por el Presidente/a con acuerdo del Plenario y un (1) Área Administrativa.

Que en el segundo párrafo del artículo precedentemente citado se establecen las funciones del Secretario Letrado, consistentes en asesorar y asistir al Consejero en todo lo que sea requerido, así como dar fe de los actos que se lleven adelante en dicha unidad.

Que, en tanto los artículos 159 y 160 detallan las categorías correspondientes a los agentes que integran el Área Administrativa y el Gabinete de Asesores de las Unidades Consejero, el artículo 158 omite establecer el nivel escalafonario correspondiente al Secretario Letrado.

Que la Ley N° 2274 modificó el artículo 17 de la Ley Orgánica del Consejo de la Magistratura, estableciendo que sus integrantes perciben durante su mandato una compensación equivalente al monto de la remuneración de un Juez o Jueza de segunda instancia de la Ciudad.

Que, en consecuencia, es razonable fijar el nivel escalafonario de los Secretarios Letrados de los Sres. Consejeros en la Categoría 3, por ser ésta la que más se acerca al cargo de Secretario de Cámara vigente en el área jurisdiccional, debiendo por ende modificarse en tal sentido el artículo 158 previamente mencionado.

Que, por otra parte, teniendo en consideración de la experiencia recogida por este Consejo de la Magistratura, resulta necesario dotar a los Consejeros de herramientas jurídicas que les permitan contar con asesores de tiempo parcial, siempre dentro del límite previsto por el art. 160 de la res. CM N° 405/07.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la ley 31.

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art 1°: Modificar el artículo 158 de la resolución CM N° 405/2007, sustituyéndolo por el siguiente texto:

"Art. 158.- Estructura Administrativa de la Unidad Consejero.

Cada unidad Consejero tiene una estructura compuesta por un (1) Secretario Letrado, con Categoría 3 (tres), designado por el Presidente/a con acuerdo del Plenario, y un (1) Área Administrativa. Son funciones del Secretario Letrado asesorar y asistir al Consejero en todo lo que sea requerido, así como dar fe de los actos que se lleven adelante en dicha unidad".

Art. 2°: Modificar el artículo 160 de la resolución CM N° 405/2007, sustituyéndolo por el siguiente texto:

Cada unidad Consejero contará con un Gabinete de Asesores, cuya categoría o remuneración será fijada por su titular, no pudiendo superar la asignación total el equivalente a 4 (cuatro) agentes Categoría 1. Dichos asesores podrán pertenecer al agrupamiento ASR, o ser contratados a tiempo parcial mediante contrato de locación de servicios, por el tiempo y la remuneración que el Consejero considere conveniente."

Art. 3°: Regístrese, publíquese en el sitio de Internet del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.jusbaires.gov.ar), en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todas las dependencias, y oportunamente, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art 1 de la Res 807-CMBA-08 modifica el art 158 de la Res 405-CMBA-07 - Art 2 modifica art 160