LEY 2862 2008
Síntesis:
APRUEBA EL CONVENIO SUSCRIPTO ENTRE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN Y EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - PLAYA DE ESTACIONAMIENTO SUBTERRÁNEA - USO EXCLUSIVO DE VEHÍCULOS OFICIALES - ACTOS CON ACCESO O NO DE PÚBLICO EN LA PLAZA COLÓN INTERÉS PÚBLICO COMUNAL - CONSTRUCCIÓN DE 500 COCHERAS - MEDIDAS DE SEGURIDAD - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACION DEL DIGESTO JURIDICO)
Publicación:
14/11/2008
Sanción:
09/10/2008
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
11/11/2008
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024
LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Artículo 1°.- Apruébase el Convenio suscripto entre la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, representada en dicho acto por el Señor Secretario General, Dr. Oscar Isidro José Parrilli, y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en dicho acto por el Señor Jefe de Gobierno, Don Jorge Telerman, cuya copia certificada se adjunta como anexo y como tal forma parte integrante de la presente Ley.
Art. 2°.- Comuníquese, etc.
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 2.862 (Expediente N° 63.618/08), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 9 de octubre de 2008 ha quedado automáticamente promulgada el día 11 de noviembre de 2008.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese.
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3057