LEY 2882 2008
Síntesis:
DELEGACIÓN DE FACULTADES - FACULTAD DE MODIFICAR LA DISTRIBUCIÓN DEL GASTO - MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN - RESIGNACIÓN DE PARTIDAS PRESUPUESTARIAS - AUMENTO SALARIAL - DOCENTES - SALARIOS - SUELDOS - EJERCICIO 2008
Publicación:
18/11/2008
Sanción:
23/10/2008
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
12/11/2008
LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Facúltese al Poder Ejecutivo a modificar la distribución funcional del gasto, durante el presente ejercicio, a fin de afrontar mayores erogaciones en gastos corrientes de personal en la jurisdicción Ministerio de Educación, al único fin del aumento salarial docente.
Art. 2°.- Las reasignaciones que realice el Poder Ejecutivo, en el marco de la presente Ley, no podrán realizarse utilizando partidas de las áreas de Salud, Desarrollo Social, Educación, Vivienda y Derechos Humanos.
Art. 3°.- Las modificaciones que realice el Poder Ejecutivo, en el marco de la presente Ley, no se computan dentro del porcentaje establecido en el art. 22 de la Ley de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de recursos vigente.
Art. 4°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez
En virtud de lo prescripto en el Artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 8° del Decreto N° 2343-GCBA-98, certifico que la Ley N° 2882 (Expediente N° 63.938/2008), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 23 de octubre de 2008, ha quedado automáticamente promulgada el día 12 de noviembre del corriente año.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. Clusellas