LEY 2882 2008

Síntesis:

DELEGACIÓN DE FACULTADES - FACULTAD DE MODIFICAR LA DISTRIBUCIÓN DEL GASTO - MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN - RESIGNACIÓN DE PARTIDAS PRESUPUESTARIAS - AUMENTO SALARIAL - DOCENTES - SALARIOS - SUELDOS - EJERCICIO 2008

Publicación:

18/11/2008

Sanción:

23/10/2008

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

12/11/2008


LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1°.- Facúltese al Poder Ejecutivo a modificar la distribución funcional del gasto, durante el presente ejercicio, a fin de afrontar mayores erogaciones en gastos corrientes de personal en la jurisdicción Ministerio de Educación, al único fin del aumento salarial docente.

Art. 2°.- Las reasignaciones que realice el Poder Ejecutivo, en el marco de la presente Ley, no podrán realizarse utilizando partidas de las áreas de Salud, Desarrollo Social, Educación, Vivienda y Derechos Humanos.

Art. 3°.- Las modificaciones que realice el Poder Ejecutivo, en el marco de la presente Ley, no se computan dentro del porcentaje establecido en el art. 22 de la Ley de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de recursos vigente.

Art. 4°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez

Buenos Aires, 13 de noviembre de 2008

En virtud de lo prescripto en el Artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 8° del Decreto N° 2343-GCBA-98, certifico que la Ley N° 2882 (Expediente N° 63.938/2008), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 23 de octubre de 2008, ha quedado automáticamente promulgada el día 12 de noviembre del corriente año.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Ley 2882, faculta al Poder Ejecutivo a modificar la distribución funcional del gasto a fin de afrontar mayores erogaciones en gastos corrientes de personal en la jurisdicción Ministerio de Educación, al único fin del aumento salarial docente, durante el Ejercicio 2008, cuyo Presupuesto fuera aprobado por Ley 2571.</p><p>Art. 2, establece que las reasignaciones no podrán realizarse utilizando partidas de las áreas de Salud, Desarrollo Social, Educación, Vivienda y Derechos Humanos.</p><p>Art. 3, establece que las modificaciones que realice el Poder Ejecutivo no se computan dentro del porcentaje establecido en el art 22 de la Ley de Presupuesto.</p>