RESOLUCIÓN 347 2001 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Síntesis:
MODIFICA CON CARÁCTER EXPERIMENTAL Y EVALUATIVO EL SENTIDO DE CIRCULACIÓN DE DIVERSAS ARTERIAS - TRAMOS CALLES - GUTEMBERG - MOSCONI - MANO ÚNICA - SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN
Publicación:
14/06/2001
Sanción:
30/05/2001
Organismo:
SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Visto el Expte. N° 55.835-2000 y Agreg. en el que se tramita la necesidad de adoptar medidas tendientes a resolver los inconvenientes circulatorios que se suscitan en torno al paso a nivel de la calle Sanabria y las vías de la línea Gral. Urquiza, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha observado que el actual esquema circulatorio del cruce de la calle Sanabria - Gral. Mosconi es insatisfactorio, y que se han ido adoptando modalidades por usos y costumbres que no se corresponden con la normativa vigente;
Que se ha visto la conveniencia de modificar la dirección del paso a nivel permitiendo la continuidad de la Av. Gral. Mosconi, para lo cual se deberá remodelar el paso a nivel y modificar los brazos de barrera correspondientes;
Que ello implica un reordenamiento circulatorio en el área que se trata que incluye la aprobación de sentido único de circulación a tramos de dicha avenida y de la calle Gutenberg;
Por ello, conforme las atribuciones otorgadas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A. N° 760) y la delegación aprobada por Decreto N° 515/GCBA/2000 (B.O.C.B.A N° 926),
Artículo 1° - Modifícase y/o amplíase, con carácter experimental y evaluativo por el término de 90 días corridos, las disposiciones del Decreto Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, asignando mano única a los siguientes tramos de arterias en la forma que se indica:
GRAL. MOSCONI, de Segurola a Gutenberg (Norte), de SO a NE.
GUTENBERG (SUR), de General Mosconi a Chivilcoy, de O a E.
GUTENBERG (NORTE), de Chivilcoy a Gualeguaychú, de E a O.
GUTENBERG (NORTE), de Sanabria a Gral. Mosconi, de O a E.
Artículo 2° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente, y se efectivice la remodelación del paso a nivel existente en Sanabria y vías del F.C. Gral. Urquiza de manera de posibilitar la continuidad de la Av. Gral. Mosconi, que ejecutará la empresa Metrovías S.A.
Artículo 3° - Los costos de construcción, modificación, instalación y posterior mantenimiento involucrados, corresponderán a la empresa Metrovías.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a la empresa Metrovías S.A., y para su conocimiento y demás fines pase a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y a la Dirección General de Tránsito y Transporte. Cumplido, archívese. Fatala