RESOLUCIÓN 1678 2008 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Síntesis:
MODIFICA LA RESOLUCIÓN 17-SSTED-08 - REQUISITOS DE ADMISIÓN PARA ASPIRANTES, INGRESANTES Y-O RESIDENTES DE CENTROS RESIDENCIALES PARA ADULTOS MAYORES - EDAD Y MONTO TOTAL DE INGRESOS
Publicación:
09/12/2008
Sanción:
19/11/2008
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
CONSIDERANDO:
Que debido a las necesidades socio económicas imperantes que ameritan ampliar la banda etárea para la admisión de los aspirantes a vivir en Centros Residenciales para Adultos Mayores dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el sentido expuesto, y en virtud de ser indispensable para la atención integral de los aspirantes, ingresantes y/o residentes de los Centros Residenciales referidos, se considera pertinente modificar el patrón del valor expresado en pesos a los fines de su medición y actualización;
Que por Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829) se creo la nueva estructura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y del Ministerio de Desarrollo Social.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1° - Modifíquense el Artículo 17° inciso c) Título Tercero: De los requisitos de Admisión, del Anexo 9 que forma parte integrante de la Resolución N° 7-SSTED-08, que quedará redactado de la siguiente forma: âEdad equivalente a 60 años o másâ
Artículo 2° - Modifíquese el Artículo 17° inciso f) Titulo Tercero: De los requisitos de Admisión, del Anexo 9 que forma parte integrante de la Resolución N° 7-SSTED-08, que quedará redactado de la siguiente forma: "Carecer de bienes propios y de ingresos económicos suficientes para la supervivencia. En el caso de que percibieran haberes previsionales y/o cualquier otro beneficio estatal o dinero del exterior, o poseyeran un bien que produjera rentabilidad, el monto total de ingresos por todo concepto no podrá superar el valor expresado en pesos de medición actualizada de la línea de pobreza"
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires como texto ordenado a la Resolución N° 7-SSTED-08, comuníquese por copia a la Subsecretaría de Tercera Edad para su notificación y la de sus áreas y unidades dependientes. Cumplido, archívese.