RESOLUCIÓN 3887 2008 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

APRUEBA CONTRATACIÓN DE PERSONAL

Publicación:

03/12/2008

Sanción:

12/11/2008

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO: la Carpeta N° 8.701-GTALMC-08 y acumuladas, el Decreto N° 60-GCABA-2008 y su modificatorio el Decreto N° 1.286-GCABA-08, y la Resolución N° 5041-SC-2005, y

CONSIDERANDO:

Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2008;

Que, la citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúnen el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio;

Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales;

Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto N°60-GCABA-2008;

Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución N° 698-MHGC-2008.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 60-GCABA-2008 y su modificatorio el Decreto N° 1.286-GCABA-08,

EL MINISTERIO DE CULTURA

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido,documento y demás datos se consignan en el Anexo I, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución.

Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1° de la presente, en una Orden General de Pago.

Artículo 3°.- A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes.

Artículo 4°.- el contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.

Artículo 5°.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2008.

Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese a la Secretaría Legal y Técnica, para suconocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica Administrativay Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen.

La presente norma fue publicada nuevamente en el BOCBA 12/01/2009


ANEXOS

Nota: EL Anexo I, parte de la presente Resolución se encuentra, para conocimiento delinteresado, en el Ministerio de Cultura, GCBA, sito en Av. de Mayo 575, Pta baja Ofic. 15, Unidad Contratos.