DECRETO 1548 2008

Síntesis:

SE CREA LA COORDINACIÓN GENERAL ASISTENCIA COMUNITARIA - FUERA DE NIVEL UNIDAD DE GESTIÓN E INTERVENCIÓN SOCIAL - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - CREACIÓN DE ORGANISMOS - VILLAS DE EMERGENCIA - ASENTAMIENTOS - SERVICIOS BÁSICOS - MEJORAMIENTO DEL HÁBITAT - MANTENIMIENTO - ATENCIÓN DE EMERGENCIAS - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIOS - COORDINADOR GENERAL ASISTENCIA COMUNITARIA - FEDERICO TUFFANO

Publicación:

13/01/2009

Sanción:

29/12/2008

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/07 y el Expediente N° 35.026/08, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 2.506 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 2.075/07 se aprobaron las estructuras orgánico funcionales de todos los organismos dependientes del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que entre los niveles que componen el Ministerio de Desarrollo Económico se encuentra como Organismo Fuera de Nivel la Unidad de Gestión de Intervención Social;

Que la citada Unidad de Gestión tiene entre sus objetivos, la atención de las villas de emergencia, y asentamientos en todo el ámbito de la ciudad de Buenos Aires, tanto en lo referente a servicios básicos como así también en todas las tareas que tengan como resultado el mejoramiento del hábitat;

Que con el fin de poder realizar una efectiva gestión administrativa y coordinar las tareas de mantenimiento y la atención de emergencias que se puedan producir en las distintas villas de la Ciudad de Buenos Aires, la referida Unidad debe implementar acciones para lograr un conocimiento pormenorizado de la situación actual;

Que entre los objetivos asignados al Fuera de Nivel Unidad de Gestión de Intervención Social se encuentra la atención de situaciones de emergencia y asistencia comunitaria; propender a un desarrollo sustentado y consensuado con la comunidad objeto de intervención, a través de la formulación y ejecución de programas de renovación urbana; organizar, ejecutar y supervisar las obras de solución, mejoramiento habitacional, mantenimiento del hábitat en las situaciones de emergencia en villas y barrios carenciados e integración a la trama de la Ciudad, por ejecución de obras de construcción o autoconstrucción;

Que en ese orden, y teniendo en cuenta la magnitud de las tareas que le son encomendadas y las consecuencias que aparejaría el retardo en la atención de emergencias, de tareas de mantenimiento y con el fin de cumplir con los objetivos asignados al Fuera de Nivel Unidad de Gestión de Intervención Social, resulta necesario contemplar una instancia de asistencia a la referida unidad hasta tanto se formalice la definición de las estructuras inferiores del Gobierno de la Ciudad;

Que por lo señalado anteriormente, corresponde propiciar la creación de la Coordinación General Asistencia Comunitaria con el fin de asistir al titular del Fuera de Nivel Unidad de Gestión de Intervención Social dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico;

Que en este contexto, se entiende pertinente proponer la designación de un titular responsable de la Coordinación General Asistencia Comunitaria del citado Fuera de Nivel Unidad de Gestión de Intervención Social dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, a partir del 1° de Junio de 2008;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Créase a partir del 1° de junio de 2008, con dependencia del Fuera de Nivel Unidad de Gestión e Intervención Social del Ministerio de Desarrollo Económico, la Coordinación General Asistencia Comunitaria, con un nivel retributivo equivalente al noventa y cinco por ciento (95%) de la remuneración bruta de un Director General en los términos del artículo 2° del Decreto N° 1.949/05 modificado por el artículo 4° del Decreto N° 2.075/07, hasta tanto se aprueben y cubran por concurso las estructuras organizativas.

Artículo 2°.- Asígnanse a la Coordinación General mencionada en el artículo precedente, las Responsabilidades Primarias conforme se detallan en el Anexo I, el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 3°.- Desígnase, a partir del 1° de junio de 2008, como Coordinador General Asistencia Comunitaria dependiente del Fuera de Nivel Unidad de Gestión de Intervención Social del Ministerio de Desarrollo Económico, al Sr. Federico Tuffano, D.N.I. N° 31.060.888, CUIT 20-31060888-3.

Artículo 4°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo Económico, de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 6°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento, notificación y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales de Organización y Sistemas de Gestión, y de Administración de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art 1 del Dto 1548-08 Crea, con dependencia del Fuera de Nivel Unidad de Gestión e Intervención Social del Ministerio de Desarrollo Económico, la Coordinación General Asistencia Comunitaria, quedando modificado el Dto 2075-07
CESADA POR
Dec. 526-09 se acepta renuncia de F. Tuffano, en el cargo designado por Dec.