DECRETO 110 2009
Síntesis:
RENUNCIAS DE FUNCIONARIOS - SE ACEPTA RENUNCIA DE WALTER FABIÁN BOUZADA MARTÍNEZ - DNI 22.650.686 - COMO SUBSECRETARIO - SUBSECRETARÍA DE INCLUSIÓN ESCOLAR Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN - DESIGNACIÓN EN SU REEMPLAZO - ANA MARÍA RAVAGLIA - DNI 6.193.008 - CESA EN EL CARGO COMO DIRECTORA GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL
Publicación:
13/02/2009
Sanción:
09/02/2009
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: El Expediente N° 7.535/2009 y;
CONSIDERANDO:
Que por motivos particulares el titular de la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica, Lic. Walter Fabián Bouzada Martínez, presentó la renuncia al cargo a partir del día 6 de febrero del corriente año;
Que por ello es necesario designar al funcionario que habrá de reemplazar al saliente;
Que la Profesora Ana María Ravaglia, actual Directora General de Educación de Gestión Estatal, reúne las condiciones de aptitud requeridas para desempeñarse en el cargo vacante. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1°.- Acéptase a partir del 6 de febrero de 2009, la renuncia presentada por el Lic. Walter Fabián Bouzada Martínez, DNI N° 22.650.686, al cargo de Subsecretario de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica del Ministerio de Educación, agradeciéndosele los servicios prestados en la gestión de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Acéptase a partir del 5 de febrero de 2009, la renuncia presentada por la Profesora Ana María Ravaglia, DNI N° 6.193.008, al cargo de Directora General de Educación de Gestión Estatal del Ministerio de Educación, agradeciéndosele los servicios prestados en la gestión de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3°.- Desígnase a partir del 6 de Febrero de 2009, a la Profesora Ana María Ravaglia, DNI N° 6.193.008, como Subsecretaria de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica del Ministerio de Educación.
Articulo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Educación y de Hacienda, y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Educación y a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.