DECRETO 106 2009

Síntesis:

MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y LAS RESPONSABILIDADES PRIMARIAS DEL MINISTERIO DE SALUD - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SUBSECRETARÍA ATENCIÓN INTEGRADA DE SALUD - DIRECCIÓN GENERAL REGIÓN SANITARIA I, III Y IV - HOSPITALES Y CESAC - DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y PLANEAMIENTO DE LOS RECURSOS HUMANOS - REDES Y PROGRAMAS DE SALUD - COORDINACIÓN DE RESIDUOS PATOGÉNICOS - SALUD AMBIENTAL - SIDA - PROGRAMAS DE TRANSPLANTES - PROGRAMA SALUD ESCOLAR - DE ODONTOLOGÍA - DE CONDUCTAS DE RIESGO ADICTIVO - REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA - ADJUNTA REDES DE SERVICIOS DE SALUD - ADJUNTA SALUD MENTAL - ADJUNTA PROGRAMAS CENTRALES - SISTEMA DE ATENCIÓN MÉDICA DE EMERGENCIA SAME - SUBSECRETARÍA ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD - ADMINISTRACIÓN Y DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS - ADJUNTA ENFERMERÍA - PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO - ADJUNTA GESTIÓN PRESUPUESTARIA - ADJUNTA ANÁLISIS DE COSTOS DEL SISTEMA DE SALUD - LEGAL Y TÉCNICA - ADJUNTA ASUNTOS JURÍDICOS - ADJUNTA PRESTACIONES Y CONVENIOS - ADJUNTA REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN - ADMINISTRATIVA CONTABLE - ADJUNTA COMPRAS Y CONTRATACIONES - ADJUNTA GESTIÓN CONTABLE - ADJUNTA SISTEMAS INFORMÁTICOS - RECURSOS FÍSICOS EN SALUD

Publicación:

16/02/2009

Sanción:

06/02/2009

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 2.506 (B.O.CABA N° 2.824), el Decreto N° 2.075/07 (BOCBA N° 2.829) y el Expediente N° 74239/2008, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.506 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, determina que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades conferidas por la misma;

Que el Decreto N° 2.075/07 aprobó la estructura organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel de Dirección General, Direcciones Generales Adjuntas, Subdirecciones, sus responsabilidades primarias y objetivos;

Que con posterioridad, la administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires inició un proceso de modernización de la gestión;

Que conforme lo establece el artículo 16 de la Ley N° 2.506 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentra dentro de las competencias del Señor Jefe de Gabinete de Ministros, el diseño, propuesta y coordinación de la política de transformación y modernización del Estado;

Que la Subsecretaría de Modernización del Estado dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros efectuó un relevamiento de la estructura organizativa del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, con el objeto de lograr una adecuada administración de sus recursos, es necesario modificar la estructura organizativa del Ministerio de Salud, incluida en los Anexos 1/6 (Organigrama) y 2/6 (Responsabilidades Primarias) del Decreto N° 2075/07.

Que es necesario, dictar la norma que apruebe la nueva estructura organizativa y la descripción de objetivos y responsabilidades primarias de los Primeros Niveles del Ministerio de Salud, modificando y complementando los Anexos 1/6 (Organigrama) y 2/6 (Responsabilidades Primarias y Objetivos).

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modifícase la estructura organizativa del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por el Decreto 2075/07, de acuerdo con los Anexos1/6 (Organigrama) y 2/6 (Responsabilidades Primarias y Objetivos), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente decreto.

Artículo 2°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de Gestión Publica y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar cumplimiento al presente Decreto.

Articulo 3°.- El presente Decreto es refrendado por los Señores Ministros de Salud, Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Articulo 4°.- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Salud, y a las Direcciones Generales de Oficina de Gestión Publica y Presupuesto, Administración de Recursos Humanos y Organización y Sistemas de Gestión. Cumplido, archívese.


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la Separata del Boletín Oficial N° 3.118

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Dto. 106-09 modifica la Estructura Organizativa del Ministerio de Salud y sus responsabilidades primarias, aprobadas por Anexos I/6 y II/6 del Dto. 2075-07