RESOLUCIÓN 1 2009 ORGANISMO DEL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO Y CONTRALOR DE PERSONAS JURIDICAS - F/N - LEY 2875
Síntesis:
APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO Y CONTRALOR DE PERSONAS JURÍDICAS - ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - NIVELES INFERIORES - MISIONES Y FUNCIONES - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - ESTABLECE EL RÉGIMEN REMUNERATIVO DEL PERSONAL DE LOS ESTAMENTOS SUPERIORES Y DE CONDUCCIÓN - ENTRA EN VIGENCIA DIA PRIMERO 1 DE ENERO DE 2009
Publicación:
12/03/2009
Sanción:
27/01/2009
Organismo:
ORGANISMO DEL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO Y CONTRALOR DE PERSONAS JURIDICAS - F/N - LEY 2875
PARA VER EL TEXTO ACTUALIZADO HACER CLICK AQUÍ
Si no podés visualizar el texto actualizado solicitalo a ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar
VISTO, Lo dispuesto por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su Artículo 80 Inc. 25, la Ley N° 70 de Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley N° 2875 de creación del Registro Público de Comercio y Contralor de Personas Jurídicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.875, se creó el Organismo del Registro Público de Comercio como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad, con la organización y competencias determinadas en la citada Ley.
Que en virtud de lo previsto por la cláusula transitoria tercera de la citada Ley, es facultad del Director del Registro aprobar la estructura orgánico-funcional del Organismo dentro de los doce meses de promulgada la Ley.
Que atento la necesidad de dar inicio a las funciones que fueran asignadas por la Ley de creación de este Registro y hasta tanto se celebren los convenios referidos en la cláusula transitoria primera de la Ley 2.875 que permitirán conformar la estructura organizativa definitiva, deviene aconsejable la aprobación de esta primer estructura organizativa, que permita la asignación de responsabilidades y funciones en esta etapa,
Que el art. 23 Inc. b) de la citada Ley de creación del Registro, establece entre otras atribuciones y responsabilidades del Director la de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo del Registro Público de Comercio y Contralor de
Personas Jurídicas respecto a su estructura orgánico-funcional, así como los aspectos organizativos, operativos y de administración.
Que resulta necesario, en el marco de la organización propuesta, determinar las misiones y funciones de los diferentes niveles de conducción del Organismo, agrupando tareas afines;
ARTICULO 1°.- Apruébase la Estructura Organizativa del Registro Público de Comercio y Contralor de Personas Jurídicas, la que quedará conformada en sus estamentos superiores y conducción, según lo establecido en los Anexos I, II y III, que forman parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Establécese el régimen remunerativo del personal que ocupa cargos en los estamentos superiores y de conducción de este Registro, conforme surge del Anexo IV que forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 3°.- La presente Resolución entra en vigencia el día 1 de enero de 2009.
ARTÍCULO 4°.- El régimen remunerativo aprobado en el presente acto se aplicará, para cada una de las autoridades de conducción, a partir de la fecha de su designación.
ARTICULO 5° - Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese al Señor Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3134