RESOLUCIÓN 9 2009 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

 - SE ASIGNA SENTIDO ÚNICO DE CIRCUULACIÓN A DISTINTOS TRAMOS DE LA CALLE MARTINIANO LEGUIZAMÓN -  DE EMILIO CASTRO A ACASSUSO Y DE PATRÓN A TONELERO  -  CERCANÍAS DEL HOSPITAL SANTOJANNI -

Publicación:

12/03/2009

Sanción:

27/02/2009

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO: la Nota N° 3071-HGADS-07, y

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados tramitan distintos inconvenientes que se producen en las adyacencias del Hospital General de Agudos Donación Santojanni;

Que analizada la cuadricula circulatoria del sector se observa que resultaría oportuno prolongar el sentido circulatorio de la calle Martiniano Leguizamón, con el objeto de agilizar los volúmenes de transito que circulan por dicha arteria, lo que minimizaría los inconvenientes comentados;

Que lo propuesto mejoraría las condiciones circulatorias en general y específicamente el de la línea de transporte publico de pasajeros N° 4 por la citada arteria;

Que en virtud de lo expresado se considera conveniente asignar sentido único de circulación a la calle Martiniano Leguizamón, desde Ulrico Schmidl hasta Acassuso y de Patrón a Tonelero, ambos de SE a NO, manteniéndose el doble sentido circulatorio entre Acassuso y Patrón (frente al Hospital Santojanni), con el objeto de facilitar el ingreso y egreso a la guardia del citado nosocomio.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°. - Inclúyese, con carácter transitorio y experimental, por el término de 90 días corridos, a partir de la fecha de su implementación, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza N° 10407/47, texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, a los tramos de la calle Martiniano Leguizamón de Emilio Castro a Acassuso y de Patrón a Tonelero, ambos de SE a NO.

Artículo 2°.-.La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el pertinente señalamiento que proyectará y ejecutará la Dirección General de Tránsito, y posteriormente fijará la fecha de implementación, mediante la respectiva Disposición.

Artículo 3°. - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de AsuntosLegislativos y Organismos de Control, comuníquese al Área Administrativa de esta Subsecretaría y remítase a la Dirección General de Tránsito para su conocimiento y comunicación a la Policía Federal Argentina, a la Dirección del Hospital General de Agudos Donación Santojanni y a las Direcciones Generales de Transporte y de Seguridad Vial. Cumplido, continúese con el tramite dispuesto en el articulo anterior. Norverto

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Disp. 2013-09 fija para el 22-12-09 la fecha de implementación de la Res. 9-SSTRANS-09
MODIFICA
Res. 9-SSTRANS-09 asigna sentido circulatorio tramo calle Martiniano Leguizamón, modifica Dec. Ord. 10407-47