DISPOSICIÓN 606 2008 DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE RECURSOS HUMANOS
Síntesis:
SE DISPONE EL CESE DE AGENTES POR JUBILACIÓN CON INCENTIVO NO REMUNERATIVO- PERSONAL
Publicación:
11/03/2009
Sanción:
22/12/2008
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE RECURSOS HUMANOS
DISPOSICIÓN N° 606 - DGARH/08
Buenos Aires, 22 de diciembre de 2008.
VISTO: La Nota N° 92.009-DGRH/08, y teniendo en cuenta los términos del Decreto N° 232/08, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Artículo 20 del Decreto N° 232/08, de fecha 25 de marzo de 2.008, se delegó en la Dirección General de Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, la facultad de dictar las normas complementarias e interpretativas que sean necesarias para la aplicación del régimen allí establecido;
Que, por el Artículo 1° del mencionado Decreto, se instituye por única vez, un incentivo no remunerativo, acorde los términos del Artículo 7° de la Ley N° 24.241, para aquellos trabajadores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que obtengan el beneficio jubilatorio, y conforme las condiciones fijadas en el mismo;
Que, es de hacer notar que se incluye a todos los trabajadores comprendidos en la Ley N° 471, que a la fecha del Decreto que nos ocupa, hubieran alcanzado los requisitos para obtener cualquier beneficio jubilatorio -Capítulo XIV, Artículo 59, Inc. c) de la citada Ley-, y quienes los cumplieran hasta el 31 de diciembre de 2.008, previa aceptación expresa a la invitación efectuada por la citada Dirección General a adherirse al régimen que nos ocupa;
Que, en consecuencia resulta necesario disponer el cese por jubilación con incentivo, de diversos agentes, de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto en cuestión;
Que, por lo expuesto, corresponde acceder de conformidad, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo XIV, Artículos 59, Inc. c) y 61, de la Ley N° 471.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
DE RECURSOS HUMANOS
DISPONE
Artículo 1°.- Cese por jubilación con incentivo a partir del 1 de enero de 2.008, los agentes que se indican en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Disposición, en el modo y condiciones que se señala, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 1°, del Decreto N° 232/0 8, y conforme el Capítulo XIV, Artículos 59, Inc. c) y 61, de la Ley N° 471.
Artículo 2°.- La ex-Dirección Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en los artículos anteriores.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la ex-Dirección Administración de Personal, ex-División Decretos, la que efectuará las comunicaciones de práctica. Cumplido, archívese. Heinken
ANEXOS