RESOLUCIÓN 109 2009 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

DEROGA LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR CERTIFICADO FISCAL DISPUESTA EN EL PUNTO 15.2.22 DEL ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN N° 720-CM-2005, QUE APROBÓ LOS PLIEGOS DE CONDICIONES GENERALES DE INSTANCIA ÚNICA PARA LA LICITACIÓN, CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS MAYORES DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Publicación:

07/04/2009

Sanción:

26/03/2009

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO: La Res. CM N 720/2005; y

CONSIDERANDO:

Que el Plenario aprobó el “PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES DE INSTANCIA ÚNICA PARA LA LICITACIÓN, CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS MAYORES DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES”, mediante la Res. CM N° 720/2005.

Que el Anexo I de la mencionada resolución, el punto 15.2.22. requiere a los oferentes: “Certificado Fiscal para contratar, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, expedido de conformidad con el Decreto Nro. 540/GCBA/2001, en los casos que corresponda y con las formalidades legales pertinentes, o la constancia de su tramitación”

Que el Decreto GCABA N° 754/2008, derogó el Decreto N° 540/GCBA/2001, que obligaba a los interesados en participar en contrataciones con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, superiores a los $ 30.000 (pesos treinta mil), a presentar el certificado que acredite la inexistencia de deudas en concepto de Ingresos Brutos, y haber presentado oportunamente la documentación correspondiente a dicho tributo.

Que dicho certificado era expedido por la Dirección General de Rentas, y al derogarse el Decreto N° 540/GCBA/2001, dejó de emitirlo.

Que conforme lo expuesto, resulta necesario modificar la Res. CM N° 720/2005, derogando el punto 15.2.22 del Anexo I.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones otorgadas por Art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la ley N° 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Derógase el punto 15.2.22. del Anexo I de la Res. CM N° 720/2005.

Art. 2°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anúnciese en la Cartelera del Consejo de la Magistratura y en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar y, oportunamente, archívese.

Tipo de relación

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Detalle

MODIFICA
Res. 109-09 deroga el punto 15.2.22 del Anexo I de la Res. 720-05 - Certificados fiscales para contratación de obras mayores en el Consejo de la Magistratura