RESOLUCIÓN 81 2009 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628

Síntesis:

APRUEBA PRIMERA ETAPA - PLAN DE PRODUCCIÓN LIMPIA - PROGRAMA BUENOS AIRES PRODUCE MÁS LIMPIO - EMPRESA PROMOPET SRL - ACUERDO - INCORPORA LA ACTIVIDAD EN MARCO DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EN TRÁMITE ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

Publicación:

13/04/2009

Sanción:

03/04/2009

Organismo:

AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628


RESOLUCIÓN N° 81 - APRA/9

Buenos Aires, 3 de abril de 2009.

VISTO:

Las Leyes N° 123, Decreto 1352/GCBA/2002; Ley N° 2628, Decreto N° 49/GCBA/2008, y el Expediente N° 57.568/08 incorporado al N° 74.731/03, y

CONSIDERANDO:

Que, la empresa “Promopet S.R.L.” por intermedio de su profesional interviniente, ha solicitado la incorporación de la actividad al programa “BUENOS AIRES PRODUCE MAS LIMPIO”;

Que, asimismo, en fecha 08 de Mayo de 2008, se ha suscripto un acuerdo entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el representante legal de la empresa aludida, en función del cual se han establecido objetivos y obligaciones a cargo de la empresa y por parte de esta Gobierno, en el marco de la aplicación del Programa;

Que, tal como se afirmó en dicho Acuerdo, tal temperamento tiene como antecedente el “objetivo estratégico, la adopción de tecnologías, procesos, productos y servicios que posibiliten armonizar de manera eficiente, el crecimiento económico-social y la protección ambiental, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;” agregándose que, el “Programa Buenos Aires Produce más Limpio” (Bue PmásL) constituye la materialización del concepto de Producción mas Limpia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, idea central de una estrategia de prevención de la contaminación que permite relacionar de un modo integrado, la economía con el medio ambiente y los aspectos sociales, como una forma de lograr una mayor equidad en la distribución de la riqueza y el incremento persistente de los niveles de empleo de calidad”;

Que, también se ha consignado que, “las herramientas y técnicas que ofrece la Producción mas Limpia, posibilitan colaborar eficaz y decididamente para el fortalecimiento de la base industrial, la minimización del impacto ambiental de los sistemas de producción y la generación de empleo, a partir de la adopción y puesta en funcionamiento de tecnologías, procesos, productos y servicios que permitan armonizar de manera eficiente el crecimiento económico-social y la protección ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires”;

Que, ”El GCBA” propone desde un punto de vista ambiental, una gestión institucional de carácter integral, entendiendo dicho concepto como el compromiso y la participación conjunta de actores públicos y privados, para lo cual involucra en la toma de decisiones tanto a las autoridades de “El GCBA”, como a las empresas industriales, comerciales y de servicios que se encuentran en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las entidades sectoriales representativas, organizaciones gremiales, instituciones y asociaciones civiles con competencia en la materia;

Que, bajo tales premisas, la empresa se ha avocado a diseñar y desarrollar un Plan de Producción más Limpia tendiente a minimizar el impacto ambiental en su zona de 2 influencia, elaborando un cronograma de las actividades a realizar para llevar adelante el aludido Plan;

Que, en consecuencia, se ha dado intervención al Centro Tecnológico para la Sustentabilidad, correspondiente a la Universidad Tecnológica Nacional; organismo que, mediante Informe elevado por nota fechada en 11 de Febrero de 2009, ha opinado que, luego de un extenso análisis, evaluación documental y de las instalaciones, se recomienda aprobar la primera etapa del Plan de Producción más Limpia de la actividad en cuestión. De ello entonces se colige la decisiva intención por parte de la empresa, de guardar observancia de los deberes y obligaciones oportunamente acordados en fecha 08 de Mayo de 2008.

Por ello, en base a las consideraciones expuestas, y de acuerdo a la normativa prescripta en el art.41 de la Constitución Nacional, 27 de la Constitución local, la Ley N° 25.675; y en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 2628 y su Decreto Reglamentario N° 49/GCBA/2008,

LA PRESIDENTA DE LA AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo1°.- Apruébase la primera etapa del Plan de Producción Limpia en el marco del Programa “Buenos Aires Produce más Limpio”, presentado por la empresa “Promopet S.R.L.”, que como Anexo I integra la presente.

Artículo 2°.- Incorpórese a tal actividad en el marco del Estudio de Impacto Ambiental, en trámite ante la Dirección General de Evaluación Técnica de esta Agencia de Protección Ambiental, con las premisas y condiciones supeditadas al cumplimiento del acuerdo oportunamente suscripto que se determinan en el artículo siguiente.

Artículo 3°.- El cumplimiento del Acuerdo será evaluado y monitoreado de conformidad con el siguiente cronograma: A los efectos de las Auditorias Documentales, la empresa deberá presentar informes de avances sobre la evolución del Plan en fechas: 22 de mayo de 2009 y 25 de Septiembre de 2009, así como un informe relativo a la finalización de la Primera Etapa el 18 de Noviembre de 2009.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Técnica, Administrativa y Legal, a la Dirección General de Evaluación Técnica. Cumplido, archívese. Gerona


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3152

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
La Res. N° 81-APRA-09 aprueba primera etapa plan de producción limpia Programa Buenos aires produce más Limpio empresa Promopet SRL