DECRETO 891 2001
Síntesis:
FACULTA AL JEFE DE GABINETE, SECRETARIOS Y SUBSECRETARIOS A DELEGAR EN SUS RESPECTIVOS SUBSECRETARIOS Y-O DIRECTORES GENERALES LA SUSCRIPCIÓN DE LOS ACUERDOS INDIVIDUALES DE PASANTÍAS
Publicación:
10/07/2001
Sanción:
03/07/2001
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto la Cláusula Sexta del Convenio Marco de Pasantías registrado con el N° 13/2001 (B.O.C.B.A. N° 1192 del 15/5/01) y;
CONSIDERANDO:
Que el referido Convenio en su Cláusula Quinta, faculta a los señores Secretarios y a las Subsecretarías del Área Jefatura de Gobierno a celebrar Convenios Específicos con la Universidad de Buenos Aires (U.B.A.) y/o sus Facultades;
Que resulta necesario adoptar las medidas tendientes a dotar al procedimiento de firma de los Acuerdos Individuales de Pasantías celebrado entre las partes, de mayor agilidad en la tramitación;
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones y facultades conferidas por los Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Artículo 1° - Facúltase al señor Jefe de Gabinete, a los señores Secretarios del Poder Ejecutivo y a los Subsecretarios con dependencia directa del Área Jefe de Gobierno a delegar en sus respectivos Subsecretarios y/o Directores Generales la suscripción de los Acuerdos Individuales de Pasantías surgidos de los Convenios Específicos celebrados conforme lo normado en Convenio Marco N° 13/2001.
Artículo 2° - El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas y el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todas las Secretarías y a las Subsecretarías del Área Jefatura de Gobierno. Cumplido, archívese.