DECRETO 400 2009
Síntesis:
CESAN CONSEJEROS, DEL CONSEJO DEL PLAN URBANO AMBIENTAL, DEL MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO - CESES - CASSANO - FERNANDEZ COTONAT - MARTIJENA - NOVOA - SEBASTIÁN - VILA - RATIFICACIONES - MARTÍN GONZÁLEZ - OSCAR GONZÁLEZ - ALFREDO SUAYA - DESIGNACIONES - ROSA ABOY - EDUARDO ELGUEZABAL - ENRIQUE GONZÁLEZ FRUTOS - GUILLERMO GUTIERREZ RUSO - CLAUDIO LUNA - SELVA MACHADO MONTEMURRO
Publicación:
14/05/2009
Sanción:
08/05/2009
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: El Expediente N° 9.943/09, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 2.506, promulgada por Decreto N° 1.748/07, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, publicada en fecha 04 de diciembre de 2.007;
Que, por otra parte por Decreto N° 2.075/07, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, según surge de los presentes actuados, la Subsecretaría de Planeamiento, del Ministerio de Desarrollo Urbano, solicita el cese de diversos agentes, como Consejeros, del Consejo del Plan Urbano Ambiental, del citado Ministerio;
Que, es de hacer notar, que la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante Resolución N° 664/08, de fecha 12 de febrero de 2.009, propone las
designaciones de diversas personas, como Consejeros del Organismo que nos ocupa;
Que, en consecuencia la citada Subsecretaria, propicia las ratificaciones y designaciones, de los involucrados en dicha norma, toda vez que poseen la idoneidad necesaria para el desempeño de los cargos para los cuales fueron propuestos;
Que, a tal fin procede dictar la norma legal pertinente, accediendo a lo requerido. Por ello en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1° .- Cesen a partir de la fecha del presente Decreto, diversas personas, como Consejeros, del Consejo del Plan Urbano Ambiental, del Ministerio de Desarrollo Urbano, tal como se indica en el Anexo âIâ, que a todos sus efectos forma parte integrante del mismo en el modo y condiciones que se consigna.
Artículo 2° .- Ratifícanse a partir de la fecha del presente Decreto, a diversos agentes, como Consejeros del Consejo del Plan Urbano Ambiental, del Ministerio de Desarrollo Urbano, tal como se indica en el Anexo âIIâ, que a todos sus efectos forma parte integrante del mismo en el modo y condiciones que se consigna.
Artículo 3° .- Designánse a partir de la fecha del presente Decreto, a diversas personas, como Consejeros, del Consejo del Plan Urbano Ambiental, del Ministerio de Desarrollo Urbano, tal como se indica en el Anexo âIIIâ, que a todos sus efectos forma parte integrante del mismo en el modo y condiciones que se consigna.
Artículo 4° .- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Urbano y el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 5° .- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano, y a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.
ANEXOS
El anexo del presente decreto se puede consultar en la SEPARATA del BOCBA 3174 del 14/05/2009