LEY 3043 2009
Síntesis:
MODIFICA ARTÍCULO 111 CAPÍTULO III- SEGURIDAD Y ORDENAMIENTO EN EL TRÁNSITO- TÍTULO IV- PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA TRANQUILIDAD- LIBRO II CONTRAVENCIONES - CÓDIGO CONTRAVENCIONAL DE LA CABA - LEY 1472
Publicación:
26/05/2009
Sanción:
16/04/2009
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
15/05/2009
Estado:
No vigente
Artículo 1°.- Modificase el artículo 111 del Capítulo III ?Seguridad y ordenamiento en el Tránsito? del Título IV ?Protección de la Seguridad y la Tranquilidad? del Libro II ?Contravenciones? del Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires aprobado por Ley N° 1472 (B.O.C.B.A. N° 2055) por el siguiente: ?Artículo 111 - Conducir con mayor cantidad de alcohol en sangre del permitido o bajo los efectos de estupefacientes. Quien conduce un vehículo superando los límites permitidos de alcohol en sangre o bajo la acción de otras sustancias que disminuyan la aptitud para hacerlo, es sancionado/a con doscientos ($ 200) a dos mil ($ 2000) pesos de multa o uno (1) a diez (10) días de arresto. Admite culpa.?
Art. 2.- Comuníquese, etc.- Santilli - Pérez