RESOLUCIÓN 1630 2009 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

APRUEBA AMPLIACIÓN PRÓRROGA DISPUESTA POR LA RESOLUCIÓN 2260-MSGC-2008 RESPECTO DEL PLAZO DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA DIRECCIÓN E INSPECCIÓN TÉCNICA DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA DEL HOSPITAL DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE

Publicación:

26/05/2009

Sanción:

18/05/2009

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: el Decreto N° 839/2003 y el Expediente N° 11.675/2003, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto citado en el visto se adjudicó la Obra: "Construcción de las Obras Civiles, Equipamiento y Mantenimiento para la Rehabilitación, Reestructuración y Modernización del Hospital General de Niños "Dr. Pedro de Elizalde" a la Unión Transitoria de Empresas DYCASA S.A.-CALCATERRA S.A.I.C.I.F.I. y C. UTE;

Que el contrato de Servicios de Consultoría para la Dirección e Inspección Técnica de Obras de Infraestructura del Hospital General de Niños "Dr. Pedro de Elizalde", suscripto con fecha 15 de agosto de 2003 entre la entonces Secretaría de Salud y la consultora B.E.V. S.A. en el marco del Proyecto PNUD ARG 97/018, encomendó a esa firma las tareas de dirección de la obra citada por un monto mensual de pesos cuarenta y seis mil novecientos treinta y siete con cincuenta Centavos ($ 46.937,50), IVA incluido, hasta la finalización de la obra conforme el plan de trabajos vigente en ese momento, que lo fijaba el 15 de agosto de 2006;

Que mediante las Resoluciones N° 2229/MSGC/2006, N° 1540/MSGC/2007, N° 1116/MSGC/2008 y 2260/MSGC/2008 se dispusieron sucesivas prórrogas del plazo del mencionado contrato de Servicios de Consultoría para la Dirección e Inspección Técnica de las obras del Hospital General de Niños "Dr. Pedro de Elizalde", todas ellas con fundamento en las sucesivas extensiones del plazo de obra y en forma coincidente con las mismas;

Que el artículo 5, apartado d) del contrato con la citada firma de arquitectos prevee la contingencia señalada precedentemente, al disponer que, en caso que la obra no fuera entregada en la fecha prevista de terminación, a Contratante podrá extender dicho contrato hasta la finalización de la Obra;

Que al presente la obra principal se encuentra inconclusa, habiendo operado con fecha 29 de septiembre de 2008 el vencimiento del plazo de la última prórroga, otorgada mediante Resolución N° 2260/MSGC/2008;

Que la consultora, a través del Registro N° 9905/MSGC/2008, solicitó la prórroga del contrato hasta la finalización de los trabajos, estimando su plazo en ochenta y nueve (89) días;

Que según informe de la Unidad de Proyectos Especiales - Hospital Elizalde (UPE-HE), a la última fecha prevista para finalización de los trabajos, se encontraba en ejecución y pendiente de finalización obra básica y obras correspondiente a adicionales autorizados y en trámite de aprobación, en todos los casos bajo la Dirección e Inspección de la firma de arquitectos BEV S.A., la cual desarrolla tareas en forma ininterrumpida desde el inicio de su contrato;

Que el plazo de obra autorizado hasta la actualidad, al igual que el del contrato de Dirección de Obra objeto de la presente, se extendió hasta el 29 de septiembre de 2008;

Que la citada consultora, en forma simultánea a la gestión de la primera ampliación del plazo de su contrato, mediante presentación realizada por Registro N° 12.370/MSGC/07, el que incorporado al Registro N° 426/MHGC/08 forma actualmente el Expediente N° 33.303/2007, solicitó la actualización del monto de su retribución para el período de prórroga del contrato a través del mecanismo de redeterminación de precios del Decreto N° 1295/PEN/2002;

Que dicho procedimiento de redeterminación ha sido optado por la firma BEV S.A. como mecanismo operativo de la estipulación del artículo 5, apartado d) del contrato de consultoría en cuanto dispone que en caso de extensión del plazo, el precio para el período prorrogado resultará de un nuevo acuerdo sobre la remuneración del contratista;

Que encontrándose en trámite el procedimiento citado, razón por la cual a la fecha el contrato no tiene redeterminado su precio, la ampliación que se otorgue se deberá realizar a los precios básicos del contrato original, que a razón de un monto mensual de pesos cuarenta y seis mil novecientos treinta y siete con cincuenta Centavos ($.46.937,50), IVA incluido, representa para los ochenta y nueve (89) días de ampliación, un valor para el periodo de prórroga, a precios básicos, de pesos ciento treinta y seis mil trescientos veinte con sesenta y tres centavos ($ 136.320,63.-);

Que la Dirección General Adjunta Recursos Físicos en Salud, sobre la base de la información y conformidad brindada por la Unidad de Proyectos Especiales Hospital Elizalde (UPE-HE), propicia la ampliación del contrato de dirección de obra oportunamente encomendado a la firma B.E.V. S.A.;

Que por Resolución N° 295/MSGC/2008 se aprobó la quinta ampliación del Plazo de la Obra "Construcción de las Obras Civiles, Equipamiento y Mantenimiento para la Rehabilitación y Modernización del Hospital de Niños Dr. Pedro de Elizalde" adjudicada a la firma Dichaza S.A.- Calcaterra S.A. U.T.E., por el término de ochenta y nueve (89) días, fijándose como fecha de finalización de los trabajos la del 27 de diciembre de 2008.

Que conforme lo expuesto procede la extensión de la prórroga dispuesta mediante la Resolución N° 295/MSGC/08 en sus mismos términos, es decir a precios básicos, hasta la nueva fecha de finalización de la obra pendiente sujeta a la dirección e inspección técnica objeto de la presente, la que tendrá lugar el 27 de diciembre de 2008;

Que se efectuó la imputación presupuestaria correspondiente al gasto que genera la ampliación de la prórroga propiciada, en la partida correspondiente al corriente ejercicio;

Que la Procuración General ha tomado la debida intervención.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE

Art. 1°- Amplíase en ochenta y nueve (89) días el término de la prórroga dispuesta por la Resolución N° 2260/MSGC/2008 respecto del plazo del contrato de Servicios de Consultoría para la Dirección e Inspección Técnica de Obras de Infraestructura del Hospital de Niños "Dr. Pedro de Elizalde", suscripto entre la entonces Secretaría de Salud y la consultora B.E.V. S.A. en el marco del del Proyecto PNUD ARG 97/018 el 15 de agosto de 2003, por un monto mensual básico de pesos cuarenta y seis mil novecientos treinta y siete con cincuenta centavos ($.46.937,50), IVA incluido, ascendiendo la suma total a abonarse hasta la finalización de la presente, que operará el 27 de diciembre de 2008, a pesos ciento treinta y seis mil trescientos veinte con sesenta y tres centavos ($ 136.320,63.-).

Art. 2°- El gasto que genera la ampliación establecida en el artículo 1° de la presente, se imputa a la partida presupuestaria correspondiente al presente ejercicio.

Art. 3°- Regístrese, hágase saber a la contratista, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y hágase saber a la Dirección General de Contaduría. Lemus

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 1630-MSGC-09 aprueba ampliación de prórroga dispuesta por Res. 2260-MSGC-08