DECRETO 410 2009
Síntesis:
SE ACEPTA LA RENUNCIA COMO DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA - DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIOS - SELSO URUNAGA GIMÉNEZ - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - JORGE SILVA
Publicación:
13/05/2009
Sanción:
12/05/2009
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: El Expediente N° 20.888/09, y
CONSIDERANDO:
Que, según surge de los presentes actuados el Licenciado Selso Darío Urunaga Giménez, D.N.I. 21.306.212, CUIL. 20-21306212-4, presentó su renuncia a partir del 1 de abril de 2.009, al cargo de Director General, de la Dirección General de Seguridad Privada, del Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que en virtud de que el citado cargo se encuentra vacante, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, del Ministerio que nos ocupa propone cubrir el mismo;
Que a tal efecto propicia la designación a partir de la misma fecha, del Dr. Jorge Enrique Silva, D.N.I. 11.251.302, CUIL. 20-11251302-8, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual fue propuesto;
Que, a efectos de proceder a la cobertura del mencionado cargo, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1° .- Acéptase a partir del 1 de abril de 2.009, la renuncia presentada por el Licenciado Selso Darío Urunaga Giménez, D.N.I. 21.306.212, CUIL. 20-21306212-4, como Director General, de la Dirección General de Seguridad Privada, del Ministerio de Justicia y Seguridad, deja partida 2604.0004.S.99.R.01, reintegrándoselo conforme lo dispuesto por Decreto N° 948/05, teniendo en cuenta la reserva de los derechos establecidos por Decreto N° 526/06.
Artículo 2° .- Desígnase a partir del 1 de abril de 2.009, al Dr. Jorge Enrique Silva, D.N.I. 11.251.302, CUIL. 20-11251302-8, como Director General, de la Dirección General de Seguridad Privada, del Ministerio de Justicia y Seguridad, partida 2604.0004.S.99.000.
Artículo 3° .- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y Seguridad y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4° .- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad y a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.