RESOLUCIÓN 49 2009 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

MANTIENE LA DOBLE CIRCULACIÓN EN LA CALLE CARLOS PERETTE (EX N° 5) ENTRE LA CALLE N° 6 Y LA CALLE N° 10 - INCLUYE LAS ARTERIAS PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, CARLOS PERETTE, ARTURO PEDRO LUISONI Y CALLE N° 3 EN EL DTO. ORD. 10407-47, CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN

Publicación:

03/06/2009

Sanción:

28/05/2009

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO: la Nota N° 980-MAYEPGC-2009, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Ambiente y Espacio Publico hace referencia a la modificación de los sentidos circulatorios de tramos de las arterias Carlos Perette (ex N° 5) y Prefectura Naval Argentina (ex N° 8) con el objeto de mejorar el control de ingresos de materiales de construcción en las villas 31 y 31 bis con el fin de detener el crecimiento de las mismas;

Que atento a ello se ha analizado la cuadricula circulatoria del sector entendiéndose, que lo solicitado no generaría inconvenientes en la fluidez circulatoria del área, por lo que resulta viable mantener el doble sentido circulatorio de la calle Carlos Perette (ex N° 5) excepto el tramo que se extiende desde calle 6 hasta Av. Antártida Argentina asignándole sentido único de NO a SE;

Que complementariamente a ello y con el fin de lograr el objetivo perseguido por el peticionante, se consideraría oportuno otorgar un único sentido circulatorio ala calle Prefectura Naval Argentina (ex N° 8) desde Carlos Perette (ex N° 5) hasta Av. Gendarmería Nacional de SO a NE;

Que por otra parte y a los efectos de mejorar la fluidez circulatorio de la zona que nos ocupa, resulta conveniente asignarle sentido único de circulación a la calle Mayor Arturo Pedro Luisoni, (ex N° 2) desde Av .Antártida Argentina hasta Calle N° 3 de SO a NE; como así también a esta última desde Mayor Arturo Pedro Luisoni (ex N° 2) hasta Av. Antártida Argentina de SE a NO.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2 inciso b) del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Mantiénese la doble circulación en la calle Carlos Perette (ex N° 5) entre la Calle N° 6 y la Calle N° 10.

Artículo 2°.- Incluyese, con carácter transitorio y experimental, por el término de 90 días corridos, a partir de la fecha de su implementación, las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado de las arterias asignando sentido único de circulación a los siguientes tramos de arterias de la forma que se indica: PREFECTURA NAVAL ARGENTINA (ex N° 8) desde Carlos Perette (ex N° 5) hasta Av. Gendarmería Nacional de SO a NE. PERETTE CARLOS (ex N° 5): desde Calle N° 6 hasta Av. Antártida Argentina de NO a SE. LUISONI, ARTURO PEDRO, MAYOR (ex N° 2): desde Av .Antártida Argentina hasta Calle N° 3 de SO a NE; CALLE N° 3: desde Mayor Arturo Pedro Luisoni (ex N° 2) hasta Av. Antártica Argentina de SE a NO.

Artículo 3°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el pertinente señalamiento vertical que proyectará y ejecutará la Dirección General de Tránsito, y fijará posteriormente la fecha de implementación, mediante la respectiva Disposición.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito para su conocimiento y comunicación al Ministerio de Ambiente y Espacio Publico, a la Policía Federal Argentina, y a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control del Transito y el Transporte y de Seguridad Vial. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 49-SSTRANS-09 incluye las arterias Prefectura Naval Argentina, Carlos Perette, Arturo Pedro Luisoni y Calle N° 3 en el Dto. Ord. 10407-47, calles con sentido único de circulación