LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2009
Síntesis:
MODIFICACIÓN AL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU - CATALOGACIÓN DE INMUEBLES - CATALOGA CON NIVEL DE PROTECCIÓN ESTRUCTURAL - ESTACIÓN DE TRENES - ESTACIONES TERMINALES DE FERROCARRIL CONSTITUCIÓN - RETIRO - ONCE DE SEPTIEMBRE - CHACARITA
Publicación:
12/06/2009
Sanción:
28/05/2009
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1°.- Catalóganse con Nivel de Protección "Estructural" en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, los inmuebles que se detallan a continuación, pertenecientes a las Estaciones Terminales de Ferrocarril Constitución, Retiro, Once de Septiembre y Chacarita:
Art. 2°.- Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Art. 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.
Art. 3°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar la catalogación establecida por el Artículo 1° en la Documentación Catastral correspondiente.
Art. 4°.- Las fichas de catalogación N° 16-68, 13-77, 3-66b-1e*, 49-177-FrA, a todos sus efectos forman parte integrante de la Ley como Anexo I.
Art. 5°.- Publíquese y cúmplase con lo establecido en los Artículos 89° y 90° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Santilli - Pérez
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3194