LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2009

Síntesis:

MODIFICACIÓN AL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU - CATALOGACIÓN DE INMUEBLES - CATALOGA CON NIVEL DE PROTECCIÓN ESTRUCTURAL - ESTACIÓN DE TRENES - ESTACIONES TERMINALES DE FERROCARRIL CONSTITUCIÓN - RETIRO - ONCE DE SEPTIEMBRE - CHACARITA

Publicación:

12/06/2009

Sanción:

28/05/2009

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1°.- Catalóganse con Nivel de Protección "Estructural" en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, los inmuebles que se detallan a continuación, pertenecientes a las Estaciones Terminales de Ferrocarril Constitución, Retiro, Once de Septiembre y Chacarita:

Ver archivo 1

Art. 2°.- Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Art. 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.

Art. 3°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar la catalogación establecida por el Artículo 1° en la Documentación Catastral correspondiente.

Art. 4°.- Las fichas de catalogación N° 16-68, 13-77, 3-66b-1e*, 49-177-FrA, a todos sus efectos forman parte integrante de la Ley como Anexo I.

Art. 5°.- Publíquese y cúmplase con lo establecido en los Artículos 89° y 90° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Santilli - Pérez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3194

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